Antilla, Holguin
La incultura jurídica y legal de los ciudadanos cubanos, como vacío, posibilita partir prácticamente
de cero para dotar a la sociedad de un contenido
constitucional, jurídico y legal que defienda, promueva y garantice tanto los derechos individuales
como el Estado de Derecho. Nueva Constitución
supone nueva Constituyente. Y es importante que
esta última no sea mediada por partidos políticos.
Eso viciaría el proceso, corriéndose el riesgo de
lo que nos sucedió en 1940, cuando los intereses
de los mismos partidos que posibilitaron la Constitución congelaron los pasos subsiguientes y necesarios: el conjunto de leyes complementarias
que habrían dado eficacia concreta a la Constitución votada. El pasado sirve para darnos lecciones, pero también de pautas de conducta que pueden liquidar procesos importantes.
Punto básico para los animadores del Nuevo
Constitucionalismo: la pluralidad religiosa.
Como se contó con la participación de religiosos,
se puntualizó la necesidad de una ley de culto que
garantice el derecho y regule el trato de igualdad
de todas las religiones dentro del Estado e independientemente del Estado.
Algunos recordaron la importancia de esta ley,
porque no es suficiente ni la declaración y el re-
conocimiento del Estado laico, como sucede actualmente en Cuba, ni que se pronuncie contra la
discriminación por motivos religiosos como se recoge en la Constitución actual. Es necesaria una
ley positiva que deje claro los derechos y cómo se
regula esa igualdad.
Otro extremo fundamental para la naturaleza de
la futura Constitución: el pluralismo cultural a
partir del pluralismo religioso. El problema de todas las constituciones pasadas, incluyendo la de
1976, que no es pluralista por definición, es desdeñar la pluralidad cultural del país y la rica diversidad de origen de nuestra nacionalidad, lo que
impidió que todo ello se reflejara en la naturaleza
y concepción misma de las constituciones. Que el
Estado y el Partido Comunista institucionalicen
hoy un departamento por encima de las diversas
religiones, es una manera de situarse por encima
de la cultura cubana y refleja esa arrogancia política e ideológica que hunde sus raíces en la negación de la pluralidad en los principios constitucionalistas de Cuba.
Otra serie de argumentos se concentran en la dirección de que si bien la Constitución de 1940 fue
y es en muchos sentidos ejemplar, pertenece a un
momento de nuestra historia muy controversial,
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