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Curiosamente, la adopción igualitaria fue aprobada antes que el matrimonio entre personas del mismo sexo, para el cual se prevé pronta aprobación por el alto tribunal constitucional, que ya admite dicha unión a través del vínculo contractual solemne, en el cual se adquieren derechos de pareja sin configurarse institucionalmente el matrimonio. Con esta inminente aprobación por la Corte Constitucional, Colombia se acerca a las naciones más igualitarias del mundo y entra al pequeño club de países que reconocen a la comunidad LGBTI todos sus derechos. Por supuesto estas decisiones tienen muchos detractores, tanto en Colombia como en la comunidad internacional, quienes están representados por las instituciones religiosas y los sectores conservadores con el argumento de que el matrimonio igualitario lesiona el concepto tradicional de la familia conformada por un hombre y una mujer. En Colombia han sido notorias las voces opositoras al matrimonio igualitario y a la adopción homoparental. Sin embargo, no sólo están aisladas de las realidades sociales, sino que también contrastan visiblemente con los diferentes estudios científicos y sociales que asumen el punto de vista del interés superior del menor y afirman que no se ha podido demostrar que los hijos o las hijas de parejas del mismo sexo se hayan visto afectados en su bienestar psicológico por la orientación sexual de sus padres. De igual forma, aquellas posturas rechazan tajantemente la importancia de la adopción en la sociedad colombiana, donde desafortunadamente hay muchos niñas y niños bajo protección del Estado, desprovistos de hogar y familia por circunstancias asociadas con el abandono, la pobreza y la violencia. La familia que ahora puede ser homoparental puede brindar el afecto y la motivación requerida para el avance efectivo de sus procesos de desarrollo integral. El debate continúa de manera profunda en todas las esferas del país; sin embargo, el tabú se está moderando y se observa la prevalencia de la tesis occidental de que la libertad de un individuo termina donde comienza la libertad del otro. De este modo se demuestra que la unión de dos personas del mismo sexo y su voluntad de conformar una familia no causa daño a nadie. Una cosa son las convicciones religiosas y conservadoras y otra muy distinta la evolución de la ley, que debe contemplar el interés general. La garantía de los derechos de las minorías es fundamental para asegurar la estabilidad social, el pluralismo, la tolerancia y el respeto hacia los demás. Esa es la base para consolidar valores democráticos como la diversidad, la libertad y la igualdad. 81