IDENTIDADES 1 ESPAÑOL IDENTIDADES 7 ESPAÑOL | Page 106
en el orden constitucional que devuelva la
soberanía a sus fuentes legítimas a fin de
recuperar o reinventar la naturaleza
moderna y democrática del Estado. Una
de los primeros argumentos es que dicho
artículo
niega
completamente
el
fundamento y la forma en que se puede
ejercer la soberanía según el artículo 3.
Este último dice que la soberanía reside
en el pueblo quien, sin embargo, no tiene
reconocimiento
constitucional
para
reformar la misma Constitución de la que
es soberano y titular. La negación es más
evidente en tanto el artículo 3 establece
claramente: “En la República de Cuba la
soberanía reside en el pueblo, del cual
dimana todo el poder del Estado. Ese
poder es ejercido directamente o por
medio de las Asambleas del Poder
Popular…”
El subrayado no ha captado mucho la
atención ni en la propaganda del régimen
ni en las aproximaciones críticas a la
Constitución cubana. Desconozco si otras
constituciones son tan taxativas en el
punto de cómo los titulares del poder
pueden ejercerlo y si reconocen la
posibilidad de un ejercicio directo del
poder por los titulares de la soberanía.
Este análisis y el alumbramiento de la
contradicción tendrían consecuencias
fundamentales para todo el proceso de
reconstrucción del Estado y de reformas
de las leyes y de la misma Constitución.
¿Cómo es posible que los ciudadanos
cubanos puedan ejercer el poder
directamente y no tengan poder ni
mecanismos reconocidos para reformar la
Constitución, que es una expresión de ese
poder soberano?* Un segundo argumento
estriba en que si vemos la Constitución
como un árbol de ramificac