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«Tengo el sentimiento de participar, que disiento del parecer de los Sres.
letrados y daré mis razones al Consistorio, siquiera para ser lo mas breve
posible, me fije únicamente en lo substancial.
Comprendiendo los referidos Letrados que el acuerdo OCTAVO de los
tomados en la sesión de este Ayuntamiento, de fecha 25 de Febrero de 1889
era de capital importancia para determinar la respuesta a una de las dos
preguntas cuya contestación razonada se les pedía, hacen de él un municioso
estudio en el que acaso no quede nada por decir de cuanto pudiera ser la
aspiración del Consistorio, pero que, a mi juicio, está muy lejos de interpretar la
mente de los que tomaron el acuerdo.
Leamos el texto del mismo:
"Si el Banco, terminados los diecinueve años de explotación, no hubiese sido
reintegrado totalmente de su crédito, continuará intervenida la administración
del Mercado para el concesionario, que recaudará los productos del mismo
hasta que quede completamente amortizada la deuda e intereses".
Fíjense, señores Concejales en que, desde las primeras palabras con que se
comienza el acuerdo "Si el Banco..." que señala a quien va a referirse el
contexto, hace siempre y muchas veces, referencia a ese Establecimiento "no
hubiese sido..." la administración del Mercado por el Concesionario "hasta que
quede completamente" y nunca, ni una sola vez, nombra al Ayuntamiento, ni
con esta denominación, ni con cualquier otra de las que están en uso: El
Consistorio, el Cabildo, la Corporación Municipal. Y hago esta llamada porqué
además de probar plenamente que en el acuerdo se quiso declarar, que en el
caso de no haber sido reintegrado totalmente de su crédito de ciento
diecinueve mil y pico de pesetas, continuarían las cosas como hasta aquella
fecha, esto es, administrándolo quien administraba e interviniendo quien
intervenía, se quita hasta el mas mínimo asomo de acierto a la hipótesis que,
haciendo mil estudios y juegos con las palabras del original, se pretenden
declarar como probables o como ciertas, aunque tienen que reconocer, al fin
del estudio gramatical que de él se hace , que no se llega por medio del mismo
a probar la tesis que se sustenta en el informe, y que, ante esa imposibilidad de
probar lo que pretenden por ese camino, le es necesario abandonar la
interpretación del texto por medio de la primera y mas natural regla de la
hermenéutica justicia y forzoso acudir a otras.
Dice el acuerdo: "continuará" ¡Queridos compañeros! que otro significado se le
puede dar a esta palabra que el natural y recto?, y si continuar es seguir lo que
ya es, como puede pretenderse que se quiera decir que administraría el
Ayuntamiento, que nunca ha administrado, como los mismos letrados
reconocen, y que intervendría el Banco que jamás ha intervenido? Tantos
tropiezos encuentran para dar algún viso de posibilidad a la interpretación que
dan al acuerdo que vamos estudiando, que no pueden menos de caer en
algunos de ellos, y soltar, de paso, confesiones preciosas: Para que perjudicar
en alto grado la teoría que sostienen; tal es, por ejemplo, el tropiezo, que no
han podido saltar, de las palabras expresas del original del acuerdo cuando
dice: "el concesionario que recaudará los productos del mismo" cuyo texto les
hace confesar la dificultad de darles otro sentido que el que claramente se
desprende de su lectura, y la notable de que el recaudar es acto de
administración, no de intervención; y el tropiezo de encontrarse con el
pronombre relativo "que", sin mas antecedentes, que Banco de Tortosa y
Concesionario, que sin una cosa misma, cuyo escollo les hace confesar que
están en frente de no pequeña dificultad, la cual, procuran orillar, haciendo un
esfuerzo para explicar que puede referirse al Ayuntamiento ( a quien no se
nombra una sola vez) si se aceptan las hipótesis sostenidas primero por ellos y
que acabamos de examinar; sin fijarse que ellos mismos llaman la atención
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