Historia del Mercado de Tortosa LLIBRE+MERCAT+DE+TORTOSA+FINAL | Page 217

«Tengo el sentimiento de participar, que disiento del parecer de los Sres. letrados y daré mis razones al Consistorio, siquiera para ser lo mas breve posible, me fije únicamente en lo substancial. Comprendiendo los referidos Letrados que el acuerdo OCTAVO de los tomados en la sesión de este Ayuntamiento, de fecha 25 de Febrero de 1889 era de capital importancia para determinar la respuesta a una de las dos preguntas cuya contestación razonada se les pedía, hacen de él un municioso estudio en el que acaso no quede nada por decir de cuanto pudiera ser la aspiración del Consistorio, pero que, a mi juicio, está muy lejos de interpretar la mente de los que tomaron el acuerdo. Leamos el texto del mismo: "Si el Banco, terminados los diecinueve años de explotación, no hubiese sido reintegrado totalmente de su crédito, continuará intervenida la administración del Mercado para el concesionario, que recaudará los productos del mismo hasta que quede completamente amortizada la deuda e intereses". Fíjense, señores Concejales en que, desde las primeras palabras con que se comienza el acuerdo "Si el Banco..." que señala a quien va a referirse el contexto, hace siempre y muchas veces, referencia a ese Establecimiento "no hubiese sido..." la administración del Mercado por el Concesionario "hasta que quede completamente" y nunca, ni una sola vez, nombra al Ayuntamiento, ni con esta denominación, ni con cualquier otra de las que están en uso: El Consistorio, el Cabildo, la Corporación Municipal. Y hago esta llamada porqué además de probar plenamente que en el acuerdo se quiso declarar, que en el caso de no haber sido reintegrado totalmente de su crédito de ciento diecinueve mil y pico de pesetas, continuarían las cosas como hasta aquella fecha, esto es, administrándolo quien administraba e interviniendo quien intervenía, se quita hasta el mas mínimo asomo de acierto a la hipótesis que, haciendo mil estudios y juegos con las palabras del original, se pretenden declarar como probables o como ciertas, aunque tienen que reconocer, al fin del estudio gramatical que de él se hace , que no se llega por medio del mismo a probar la tesis que se sustenta en el informe, y que, ante esa imposibilidad de probar lo que pretenden por ese camino, le es necesario abandonar la interpretación del texto por medio de la primera y mas natural regla de la hermenéutica justicia y forzoso acudir a otras. Dice el acuerdo: "continuará" ¡Queridos compañeros! que otro significado se le puede dar a esta palabra que el natural y recto?, y si continuar es seguir lo que ya es, como puede pretenderse que se quiera decir que administraría el Ayuntamiento, que nunca ha administrado, como los mismos letrados reconocen, y que intervendría el Banco que jamás ha intervenido? Tantos tropiezos encuentran para dar algún viso de posibilidad a la interpretación que dan al acuerdo que vamos estudiando, que no pueden menos de caer en algunos de ellos, y soltar, de paso, confesiones preciosas: Para que perjudicar en alto grado la teoría que sostienen; tal es, por ejemplo, el tropiezo, que no han podido saltar, de las palabras expresas del original del acuerdo cuando dice: "el concesionario que recaudará los productos del mismo" cuyo texto les hace confesar la dificultad de darles otro sentido que el que claramente se desprende de su lectura, y la notable de que el recaudar es acto de administración, no de intervención; y el tropiezo de encontrarse con el pronombre relativo "que", sin mas antecedentes, que Banco de Tortosa y Concesionario, que sin una cosa misma, cuyo escollo les hace confesar que están en frente de no pequeña dificultad, la cual, procuran orillar, haciendo un esfuerzo para explicar que puede referirse al Ayuntamiento ( a quien no se nombra una sola vez) si se aceptan las hipótesis sostenidas primero por ellos y que acabamos de examinar; sin fijarse que ellos mismos llaman la atención - 217 -