Historia del Mercado de Tortosa LLIBRE+MERCAT+DE+TORTOSA+FINAL | Page 172

establecido en el pliego de condiciones que rigió para la Subasta; que las obras suplementarias ejecutadas en el Mercado, fueron aprobadas por el Ayuntamiento en uso de las atribuciones que por ley le están conferidas y que de la resolución dictada por la Dirección de Administración local, se desprende procede legalizar la recepción del Mercado, con sujeción a la legislación vigente. El Sr. Isuar, que en su concepto, la legislación de que debía tenerse en cuenta era la Ley fundamental del contrato celebrado por medio de Subasta pública entre el Ayuntamiento y el Concesionario, principalmente lo dispuesto en las condiciones 1ª, 4ª, 5ª, 6ª, 8ª, 12ª Y 16ª, que establecen los derechos y las obligaciones de ambas partes contratantes y que toda vez que los Letrados aceptan las bases esenciales del contrato, en su informe, que se cumpliese el contrato en su totalidad, aceptándose su enmienda. Declarado el asunto suficientemente discutido, se pasó a votación nominal la enmienda, dando el resultado siguiente: (Igual que en la anterior votación) Publicado el resultado de la votación, quedó desechada la enmienda por quince votos contra cuatro. Seguidamente y después de una amplia discusión, se pasaron a votación los dictámenes de las Comisiones, dando igual resultado, quedando aprobados en todas sus partes, y se adoptaron los siguientes acuerdos: PRIMERO: Que se proceda a la recepción definitiva de las obras del Mercado. SEGUNDO: Que procede aceptar el valor de las mismas obras por la cantidad de 316.434,20 a que asciende la medición y valoración practicada y certificada por el Arquitecto Municipal y aceptada por la Sociedad concesionaria. TERCERO: Que a las 196.948,23 a que asciende el presupuesto modificado corresponden los 19 años de explotación, y la restante cantidad, hasta el importe de la liquidación final, o sean 119.485,97 ha de ser satisfecha en metálico. CUARTO: Que procede desestimar las reclamaciones o reparos del concesionario a las liquidaciones finales. QUINTO: Conforme a lo establecido en el artículo 3º del pliego de condiciones que sirvió de base para la subasta del Mercado, el Banco de Tortosa, en su calidad de concesionario del mismo, disfrutará durante 19 años del derecho de explotación del propio Mercado, transcurridos los cuales quedará a favor del Ayuntamiento. SEXTO: Con arreglo a lo establecido en la base 5ª del pliego de condiciones que sirvió de base para la subasta, durante los 19 años de explotación del Mercado por el Banco de Tortosa, el concesionario aplicará en primer lugar, el ocho por ciento anual a cubrir el interés sobre el capital de 196.948,23 a que asciende el presupuesto del proyecto de modificación de la obra construida, cuyo interés asciende, salvo error, a la cantidad de 15.755,85 anuales; y el exceso de los productos, incluidos los de la base 4ª de las del expresado pliego de condiciones, después de cubiertos los gastos de conservación del edificio, se distribuirán por mitad entre el Ayuntamiento y el Concesionario. SÉPTIMO: La parte o mitad de productos líquidos que corresponda al Ayuntamiento con arreglo al acuerdo anterior, se aplicará anualmente a cubrir el interés del cinco por ciento de la cantidad de 119.485,97 céntimos, y el remanente a la amortización de esta suma. Cada año se practicará entre el Ayuntamiento y el Concesionario una liquidación de la parte que se aplique a dichos intereses y amortización, para reducir en los años sucesivos los referidos intereses del cinco por ciento al capital que vaya quedando para amortizar. - 172 -