Historia del Mercado de Tortosa LLIBRE+MERCAT+DE+TORTOSA+FINAL | Page 126
solicitando que el Ayuntamiento reciba provisionalmente el nuevo Mercado, sin
perjuicio de quedar sujeto el Banco de Tortosa, a la responsabilidad que en
derecho le pueda corresponder, para que el Ayuntamiento informe sobre los
puntos que abraza la referida instancia.»
En méritos de lo dispuesto en la comunicación que precede, el Excmo.
Ayuntamiento, en la sesión celebrada el 25 de Agosto próximo pasado, acordó
evacuar el informe recabado por el Gobierno de la Provincia, en los siguientes
términos:
«En contestación a su atto. escrito de fecha 23 de Agosto ppdo. solicitando la
recepción provisional del Mercado, sin perjuicio de la responsabilidad que en
derecho proceda contra la Sociedad Banco de Tortosa, hasta la recepción
definitiva de la obra, el Excmo. Ayuntamiento de mi presidencia, en sesión
celebrada en el día de hoy, ha acordado exponer ante la consideración de V.
E. , lo siguiente: Que examinada la petición formulada por el Banco de
Tortosa... no obstante la consulta que la Corporación tiene elevada a la
Dirección General de Administración local, no habiendo sido ésta resuelta
todavía, y pudiendo tal vez dilatarse dicha petición; como la obra de que se
trata está completamente terminada y en disposición de ponerse en
explotación: Es evidente que como mas se dilate su apertura mayores
perjuicios van a irrogarse a la casa constructora, que tiene invertidos capitales
muy respetables sin que obtenga beneficio alguno, aparte que con tan
importante mejora ha de obtener la Corporación Municipal en su día,
considerables egresos, y que la apertura al público de una obra tan necesaria
en esta población redunda en beneficio de los intereses generales...
Que si de la inspección facultativa que al efecto ha de practicarse previamente
por el Arquitecto Municipal, resulta que si la obra de que se hace mérito, reúne
las condiciones necesarias de solidez y seguridad, no puede la Corporación
oponerse a su apertura...
En méritos, pues, de le expuesto, la Corporación Municipal de mi Presidencia,
no tiene inconveniente alguno, si V.E. lo juzga procedente, en recibir
provisionalmente el Mercado, sin perjuicio, empero, de la resolución que
pudiera adoptar la Dirección General de Administración Local en el expediente
que en consulta fue elevado a dicho Centro, que el Ayuntamiento es libre de
aceptar, o de rechazar, y bajo las bases que al proceder a su recepción se
acuerden por las partes contratantes...»
En vista del informe que antecede, el Gobernador de la Provincia, con fecha 26
de Agosto ppdo. autorizó la dicha recepción provisional, pues no encuentra
inconveniente.
Dada cuenta de la resolución anterior, se acordó en sesión celebrada el 29 de
dicho mes, prevenir al Arquitecto Municipal, pasase a practicar un detenido
reconocimiento en el Mercado, informando detalladamente bajo su
responsabilidad, acerca de la solidez del expresado edificio.
Practicados todos y cada uno de los requisitos expuestos, en fecha 31 de
Agosto ppdo., después de una amplia discusión, se acordó acceder a lo
solicitado por el Banco de Tortosa, designándose al propio tiempo a los Sres.
Presidente, Regidor Síndico y Secretario de la Corporación, para que en
representación del Excmo. Ayuntamiento, se constituyan en el Mercado de esta
ciudad y con asistencia de la Comisión que designe el Banco de Tortosa,
procedan a la recepción provisional del expresado edificio, extendiéndose el
acta correspondiente para unirla al expediente de referencia.
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