Historia del Mercado de Tortosa LLIBRE+MERCAT+DE+TORTOSA+FINAL | Page 126

solicitando que el Ayuntamiento reciba provisionalmente el nuevo Mercado, sin perjuicio de quedar sujeto el Banco de Tortosa, a la responsabilidad que en derecho le pueda corresponder, para que el Ayuntamiento informe sobre los puntos que abraza la referida instancia.» En méritos de lo dispuesto en la comunicación que precede, el Excmo. Ayuntamiento, en la sesión celebrada el 25 de Agosto próximo pasado, acordó evacuar el informe recabado por el Gobierno de la Provincia, en los siguientes términos: «En contestación a su atto. escrito de fecha 23 de Agosto ppdo. solicitando la recepción provisional del Mercado, sin perjuicio de la responsabilidad que en derecho proceda contra la Sociedad Banco de Tortosa, hasta la recepción definitiva de la obra, el Excmo. Ayuntamiento de mi presidencia, en sesión celebrada en el día de hoy, ha acordado exponer ante la consideración de V. E. , lo siguiente: Que examinada la petición formulada por el Banco de Tortosa... no obstante la consulta que la Corporación tiene elevada a la Dirección General de Administración local, no habiendo sido ésta resuelta todavía, y pudiendo tal vez dilatarse dicha petición; como la obra de que se trata está completamente terminada y en disposición de ponerse en explotación: Es evidente que como mas se dilate su apertura mayores perjuicios van a irrogarse a la casa constructora, que tiene invertidos capitales muy respetables sin que obtenga beneficio alguno, aparte que con tan importante mejora ha de obtener la Corporación Municipal en su día, considerables egresos, y que la apertura al público de una obra tan necesaria en esta población redunda en beneficio de los intereses generales... Que si de la inspección facultativa que al efecto ha de practicarse previamente por el Arquitecto Municipal, resulta que si la obra de que se hace mérito, reúne las condiciones necesarias de solidez y seguridad, no puede la Corporación oponerse a su apertura... En méritos, pues, de le expuesto, la Corporación Municipal de mi Presidencia, no tiene inconveniente alguno, si V.E. lo juzga procedente, en recibir provisionalmente el Mercado, sin perjuicio, empero, de la resolución que pudiera adoptar la Dirección General de Administración Local en el expediente que en consulta fue elevado a dicho Centro, que el Ayuntamiento es libre de aceptar, o de rechazar, y bajo las bases que al proceder a su recepción se acuerden por las partes contratantes...» En vista del informe que antecede, el Gobernador de la Provincia, con fecha 26 de Agosto ppdo. autorizó la dicha recepción provisional, pues no encuentra inconveniente. Dada cuenta de la resolución anterior, se acordó en sesión celebrada el 29 de dicho mes, prevenir al Arquitecto Municipal, pasase a practicar un detenido reconocimiento en el Mercado, informando detalladamente bajo su responsabilidad, acerca de la solidez del expresado edificio. Practicados todos y cada uno de los requisitos expuestos, en fecha 31 de Agosto ppdo., después de una amplia discusión, se acordó acceder a lo solicitado por el Banco de Tortosa, designándose al propio tiempo a los Sres. Presidente, Regidor Síndico y Secretario de la Corporación, para que en representación del Excmo. Ayuntamiento, se constituyan en el Mercado de esta ciudad y con asistencia de la Comisión que designe el Banco de Tortosa, procedan a la recepción provisional del expresado edificio, extendiéndose el acta correspondiente para unirla al expediente de referencia. - 126 -