Historia del Mercado de Tortosa LLIBRE+MERCAT+DE+TORTOSA+FINAL | Page 103

explicaron su voto, declarando que habían votado por la separación por deferencia a la autoridad del Presidente. Apenas se había levantado la sesión, el Sr. Alcalde, nombró por sí y ante si, y haciendo uso de facultades de que carece, al Maestro de Obras públicas D. José Vaquer para ocupar la plaza de facultativo de este Ayuntamiento, poniéndole inmediatamente en posesión de su cargo, sin aguardar a dar cuenta al Ayuntamiento y señalándole un sueldo anual de mil pesetas que no figura en presupuesto. Esta protesta no se ajusta a lo que ya conocemos de este Acuerdo, (29 de Mayo de 1886) ¿Como podemos dar crédito a lo que sigue? Presentóse en el día siguiente el Sr. Vaqué en el seno de la Comisión de Obras y esta le rechazó, por no tener conocimiento de su nombramiento y al manifestarlo así uno de sus individuos en la Corporación, entonces el Sr. Alcalde dio cuenta del nombramiento del Sr. Vaqué, que dijo había hecho por tener facultades para ello, lo cual es completamente inexacto, por que el Ayuntamiento no ha delegado, ni puede delegar a nadie la facultad de nombrar empleados que por el Articulo 78 de la ley, es de su exclusiva competencia. Pero en el caso de que se trata VS. ocurre que aún habiendo aprobado por mayoría de votos el Ayuntamiento, el nombramiento del maestro de obras Sr. Vaqué, dicho nombramiento es completamente ilegal, pues los artículos 11 y 12 del R. D. de 22 de julio de 1864 reservan exclusivamente a los Arquitectos las plazas que existieran en los Ayuntamientos, pues aún ni como asesores pueden informar a las Corporaciones, y otro R. D. de 8 de Enero de 1870, inhibe por completo a los Maestros de Obras de toda función oficial que no sea la de perito en virtud del mandamiento judicial. Y por si estas disposiciones no fuesen suficientes para conocer el acto de "intrusionismo", que no otra cosa es que vienen apadrinando el Alcalde y algunos Concejales de este Ayuntamiento. Otro tercer R. D. de 2 de Enero de 1886 aprobando el proyecto de Ensanche de esta ciudad y en el artículo 10, ordena que todas las operaciones de alineaciones y rasantes se llevarán a cabo por facultativo competente y sin embargo, el Alcalde ordena que dichas operaciones las ejecute un Maestro de Obras, tolerándole informe los proyectos de obras que suscriben los arquitectos. Todavía existe un hecho mas grave y es que construyendo el Ayuntamiento por contrata, un mercado cuyo presupuesto no baja de 300.000 pesetas, no interviene ni vigila ningún facultativo la ejecución de las obras, cuya vigilancia le reserva el R. D. de 10 de Julio de 1861. Constituyendo pues una serie de infracciones legales, no quieren los que suscriben hacerse partícipes de la responsabilidad de que por ello pudiera alcanzarles y en su virtud que a V. S. suplica proceda a lo que su superior criterio estime haya lugar. Tortosa 22 de Julio de 1886 - Juan Curto / Bernardo Sacanella / Francisco Raga / Frco. Dalmau / Ramón Prades / Pedro Pastor Los firmantes sencillamente dieron la nota. Y el DIARIO DE TORTOSA, pone las cosas en su lagar, puntualizando lo que ya está demostrado. DIARIO DE TORTOSA - 5 de Agosto de 1886 «La Voz del Progreso» de anteayer, pretendiendo meter ruido, inserta una protesta, suscrita por seis señores concejales de este Ayuntamiento, y eleva al - 103 -