hacerse desde una doble perspectiva. Por un lado, se publican las conclusiones de una junta convocada por el rey, conocida como Junta de la Santa Congregación de la Capilla Real 65, en las que se determina que los moriscos debían rechazar la mayor parte de sus hábitos. Para asegurar la eficacia de estas medidas, se instaura, por primera vez, un tribunal de la Inquisición en Granada, con potestad para imponer fuertes sanciones económicas como la farda mayor.
Casi al mismo tiempo, Carlos V, que en esas fechas se encontraba en Granada, decide, ante la duda entre la represión a ultranza que parecía marcar las decisiones de la junta o el intento de asimilación a más largo plazo, la segunda opción, sobre todo después de la suculenta oferta de los moriscos del reino de 90.000 ducados redimibles en ocho años adicionales a cualquier farda y que tenían como fin principal la financiación de las obras de la « Casa Real
Nueva », el espléndido palacio imperial proyectado por Pedro Machuca. Era el precio que habían de pagar los nuevamente convertidos para conservar, aunque sólo fuese temporalmente, sus señas de identidad cultural y religiosa. Este nuevo servicio, a partir de 1533, se convertirá en una contribución regular de
10.000 ducados anuales prorrogables cada seis años 66.
Además de la farda, destinada a la defensa de la costa, la alcabala, hasta la implantación de los millones, es el soporte básico de la fiscalidad castellana del siglo XVI. Este impuesto, que gravaba el intercambio comercial, teóricamente un 10 %, a partir de 1534 se cobró por encabezamiento junto con las tercias. Los vecinos motrileños cristianos viejos estaban exentos por real privilegio de doña Juana de
1510, pero no así los moriscos, que, según se desprende del encabezamiento de tercias y alcabalas de 1557-1561 67, pagaban alcabala del
Real Cédula de Carlos V en la que concede a la villa unas rentas para el mantenimiento de la acequia.
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INTERIOR HISTORIA DE MOTRIL. pmd 121 05 / 01 / 2011, 10:23