Hatun Hillakuy 2008-Hatun Willakuy. Versión abreviada del Informe | Page 459
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sentación en el Parlamento, los gobiernos locales y, entre 1989 y 1991, los
gobiernos regionales. En los primeros doce años del conflicto, las Fuerzas
Policiales y las Fuerzas Armadas se hicieron cargo del combate a la sub-
versión a partir de instrumentos legales aprobados por gobiernos civiles y
dentro del marco de una legislación antiterrorista promulgada por un Con-
greso elegido democráticamente.
73. La CVR ha recogido amplia evidencia de cómo en el combate a los grupos
subversivos se cometieron gravísimas y masivas violaciones de los dere-
chos humanos, lo que involucra en primer lugar a los gobiernos, que eran
los responsables del conjunto de la acción del Poder Ejecutivo, del cual
dependen las fuerzas del orden. Además de ello, los gobiernos civiles elec-
tos incurrieron en la más grave responsabilidad al desatender las denun-
cias de violaciones de derechos humanos o, en muchos casos, al garantizar
la impunidad de los responsables de las mismas.
74. La CVR encuentra que el primer punto de inflexión institucional en la abdi-
cación de la responsabilidad democrática por parte de los gobiernos estu-
vo en la creación, por dispositivo legal, de los CPM. Ellos subordinaron en
la práctica al poder civil en las zonas declaradas en estado de emergencia,
pues terminaron asumiendo la conducción no sólo militar, sino también
política de la lucha contrasubversiva. 8
75. La CVR constata que la ley 24150 colocaba a militares y policías que actuaban
en provincias declaradas en estado de emergencia bajo la competencia de
la justicia militar, lo que favoreció la impunidad de los agentes del Estado
responsables de las violaciones de los derechos humanos. Del mismo modo,
el carácter permanente de una situación de excepción en cada vez más pro-
vincias debilitó la democracia y creó un clima propicio para las violaciones
de los derechos humanos, así como un sentido común de la población y de
las autoridades civiles de esas zonas según el cual el poder reposaba en la
autoridad militar.
76. La CVR considera que la abdicación de la autoridad democrática culminó
con la legislación antisubversiva aprobada después del golpe de Estado de
abril de 1992. De acuerdo con ella, los jefes de los CPM no sólo coordina-
ban y supervisaban, sino conducían las acciones en los campos no militares.
Esa legislación cambió el Sistema de Defensa Nacional, la ley del Servicio
de Inteligencia Nacional y la ley de situación militar. Esta última permitió
que los comandantes generales de las Fuerzas Armadas permanecieran en
sus cargos aún después de su fecha de retiro. La nueva legislación incluía,
además, penas y procedimientos que violaban las garantías del debido pro-
ceso, así como la Constitución y tratados internacionales de los cuales el
Perú era firmante: penas mínimas desproporcionadas, nuevas figuras le-
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Esta última pudo haberse dejado en manos de la autoridad civil, o de un ministro o delegado presi-
dencial ad-hoc.