Hatun Hillakuy 2008-Hatun Willakuy. Versión abreviada del Informe | Page 443
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Defensa, Interior, Justicia, Economía y Finanzas y de la Mujer y Desarrollo Social. El
Comité Interministerial elige dentro de sus miembros a sus dos representantes en el
Consejo y tiene como propósito viabilizar las decisiones del Consejo, así como
coordinar el apoyo del Poder Ejecutivo.
Artículo 7: Funciones y atribuciones del Consejo Nacional de Reconciliación
El Consejo tiene las siguientes funciones y atribuciones:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Emitir normas y directivas administrativas en ejecución de las recomenda-
ciones de la CVR.
Formular anteproyectos de Ley para el desarrollo de los programas del
Consejo, así como normas de otro rango que serán evaluadas como priori-
dad por el sector correspondiente.
Aprobar el plan anual de actividades, el presupuesto, así como cualquier
iniciativa que formule el Consejo a terceros.
Dirigir la política general del Consejo, incluyendo los programas que se
creen para el desarrollo de sus recomendaciones.
Presentar a la Comisión Permanente del Congreso de la República infor-
mes semestrales sobre los avances de sus actividades, detallando los obstá-
culos encontrados e indicando, de ser el caso, qué instituciones públicas no
han contribuido con su gestión. La Comisión Permanente del Congreso
cita al titular del Sector correspondiente para que explique el presunto in-
cumplimiento.
Difundir anualmente los resultados y avances de su trabajo a la opinión
pública.
Nombrar, supervisar y, de ser el caso, remover, al Director Ejecutivo del
Consejo.
Artículo 8: Director del Consejo Nacional de Reconciliación
El Director del Consejo lo representa y conduce sus actividades. Es el titular del
pliego presupuestal correspondiente y ejecuta los planes anuales que aprueba el
Consejo en Pleno. Integra el Consejo con voz, pero sin voto.
Artículo 9: Programas del Consejo Nacional de Reconciliación
El Consejo cuenta con los siguientes programas:
a)
b)
c)
d)
Programa
Programa
Programa
Programa
Integral de Reparaciones (PIR)
de Memoria Histórica (PMH)
de Justicia (PJ)
de Reformas Institucionales (PRI)
Artículo 10: Financiamiento y bienes del Consejo Nacional de Reconciliación
Constituyen recursos del Consejo:
a)
Los bienes adquiridos por la Comisión de la Verdad o que fueron asigna-
dos para su uso por organismos de cooperación internacional o el Poder Eje-