Hatun Hillakuy 2008-Hatun Willakuy. Versión abreviada del Informe | Page 430
• Establecer procedimiento e institucionalidad necesaria para el estudio y
resolución de los pedidos de gracia de los condenados por terrorismo que
alegan inocencia.
• Reafirmar en la Constitución que la finalidad del sistema penitenciario es
la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado en la sociedad
(esta precisión consta en las constituciones de 1979 y 1993).
• Cesar los traslados indiscriminados de internos e internas favoreciendo la
permanencia cerca de sus familiares; y, en el caso de los internos por terro-
rismo, promover la concentración en pocos establecimientos para mejor
tratamiento y seguridad.
• Tratamiento específico de los internos por delito de terrorismo y traición a
la patria diferenciando situación y conducta: internos del PCP-SL y MRTA,
desvinculados, acogidos a la ley de arrepentimiento, y quienes alegan ino-
cencia; favorecer medidas alternativas: restitución de beneficios peniten-
ciarios y acceso a la conmutación de penas.
• Mejora de las condiciones de la población penal en términos de acceso a
servicios básicos (alimentación y salud).
R ECOMENDACIONES
DE REFORMA EN EDUCACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE VALORES DEMOCRÁTICOS
• Poner énfasis en políticas educativas destinadas a la transformación de la
escuela en un lugar donde se respete la condición humana del alumnado y
se contribuya al desarrollo integral de su personalidad.
• Establecer un Plan de Estudios que estimule el conocimiento y oriente el
saber hacia el bienestar para lograr una formación integral y evitar la pro-
clividad a la violencia.
Una norma como el Código de Ejecución Penal, de carácter general, amerita
un desarrollo reglamentario que precise sus alcances y contenidos, que pro-
porcionen a los operadores del sistema penitenciario lineamientos claros y
precisos de actuación. Asimismo, permite que los usuarios del sistema
(internos, familiares, organizaciones de derechos humanos, etcétera) cuenten
con un instrumento público que permita fiscalizar la actuación de los
funcionarios penitenciarios cuando se trata de defender derechos de los
privados de libertad.
• Definir una institución especializada en materia penitenciaria.
• Modernizar el Código de Ejecución Penal, adecuándolo a la realidad peni-
tenciaria.
• Poner en vigencia el Reglamento del Código de Ejecución Penal DS 023-
001-JUS.
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A continuación, presentamos las recomendaciones vinculadas a la reforma
del sistema penitenciario: