Hatun Hillakuy 2008-Hatun Willakuy. Versión abreviada del Informe | Page 234

Impunidad La estrategia contrasubversiva puesta en práctica con las Fuerzas Armadas en el escenario de la violencia resultó ser muy costosa en vidas humanas. Para cierto sector de éstas, era inevitable, punto de vista que incluso se hizo público. El general Luis Cisneros Vizquerra, quien fue Ministro de Guerra, afirmaba en septiembre de 1984: [...] no podemos entender cómo en una zona de guerra, una zona prácticamente extraterritorial, pretendamos mantener el estado de derecho. Le encargamos a la fuerza armada que elimine a Sendero y cuando va a apretar el gatillo aparece el Fiscal de la Nación para ver si al hombre lo vamos a matar de frente, y se presenta el abogado, el periodista [...]. Hay una inclinación a criticar todo lo que la fuerza armada hace en Ayacucho [...] da la impresión que se piensa que quienes deben ser eliminadas son las fuerzas del orden [...] hablamos de derechos humanos de manera unilateral. En la guerra no hay derechos humanos. 35 Las múltiples violaciones de derechos humanos fueron conocidas por denun- cias diversas. El gobierno de AP trató dichas denuncias como elementos de la pugna política de la oposición. La prensa favorable al gobierno alentaba tal enfo- que. Por ejemplo, el comentarista político Manuel D’Ornellas consideró el descu- brimiento de fosas comunes como un «verdadero regalo político para la extrema izquierda» y añadía que «la guerra que quisiéramos limpia, pero que es obvia- mente sucia, la declaró oficialmente el grupo que comanda Guzmán». 36 De acuerdo con Javier Alva Orlandini 37 el arquitecto Belaunde era conciente de la gravedad de los hechos y compartía con el ministro José María de la Jara las 35 36 37 Caretas, n. o 817, septiembre de 1984. En Desco 1989: 378. Expreso, 25 de agosto de 1984. CVR. Entrevista. 16 de agosto de 2002. 221 del lugar de residencia (artículo 2, inciso 9), la reunión pacífica sin armas (artículo 2, inciso 10) y la imposibilidad de ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del Juez o por las autoridades policiales en caso flagrante delito (artí- culo 2, inciso 20 g). Desde el 12 de octubre de 1981 el gobierno de AP optó por el estado de emer- gencia, y desde el 1 de enero de 1983 dicho régimen de excepción fue acompañado del encargo a las Fuerzas Armadas de mantener el orden interno. Esta medida de carácter provisional y excepcional se volvió permanente, pri- mero en Ayacucho y después en otros departamentos (incluyendo la capital de la República), y, por último, en todo el país. El 25 de mayo de 1983 las ciudades de Lima y Callao fueron declaradas en estado de emergencia a causa de una huelga policial. El 30 de mayo de 1983 todo el territorio nacional se encontraba en estado de emergencia por primera vez, situación que se repitió seis veces más durante el gobierno del arquitecto Belaunde. Sin una clara disposición acerca de las funciones y atribuciones que implicaba el control militar y con una restricción casi permanente de las garantías constitu- cionales, la lucha contrasubversiva se desenvolvió en un contexto de vulnerabili- dad de los derechos fundamentales de la población.