GUIA DIDACTICA DE LA SHOA 27 de enero de 2014 | Page 20
consecuencias fueron devastadoras para los incluidos en la
definición.
El diseño básico de la definición de judío
El primer decreto judeofóbico o antijudío lo dictó el Ministerio del
Interior alemán. El decreto de 7 de abril de 1933 establecía que los
funcionarios de «descendencia no aria» debían cesar en sus puestos
de trabajo.
El Ministerio había dividido a la población en dos categorías:
Arios, aquellos que no tenían antepasados judíos, es decir, de
«pura sangre alemana»
No arios
El término «descendencia no aria» se definió en el reglamento de
11 de abril de 1933 para designar a cualquier persona que tuviese al
menos un progenitor o un abuelo judíos; entendiendo que un
progenitor o abuelo eran judíos cuando perteneciesen a la religión
judía.
Aunque estas ordenanzas fueron llamadas «leyes raciales», su
definición no se basa en criterios raciales, tales como el grupo
sanguíneo, la curvatura de la nariz u otras características físicas. El
único criterio para la inclusión en la categoría de ario o no ario era la
religión; si bien no la religión de la persona involucrada sino la de sus
antepasados.
Las Leyes de Nuremberg
Adoptando como criterio la religión, la definición de la categoría
no ario incluía a todos aquellos que fuesen portadores de influencia
judía hasta el menor grado, es decir, además de a los plenamente
judíos (cuatro abuelos judíos), incluía a todos los parcialmente judíos,
esto es: los judíos en tres cuartas partes (tres abuelos judíos), los
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