Gestión de Pasivos Ambientales en Áreas Protegidas Memoria | Page 12
En este sentido, es posible observar algunos puntos coincidentes entre los residuos minero metalúrgicos y los pozos
hidrocarburíferos abandonados. En primer lugar, ambos y en su mayoría, se encuentran ubicados en APNs, y en segundo lugar,
no han sido identificados ni caracterizados, motivo por el cual han recibido muy poca o ninguna atención y tratamiento, razón que
los convierte en pasivos ambientales.
Desde la promulgación de la Ley de Medio Ambiente en 1992, y los reglamentos sectoriales para minería e hidrocarburos
respectivamente en 1997, se han considerado medidas regulatorias para ambos sectores, sin embargo, la ausencia de
normas claras que regulen su disposición, tratamiento técnico y correcta gestión de los residuos minero metalúrgicos y pozos
hidrocarburíferos, ocasiona una serie de problemas a nivel ambiental, económico, legal y social, situación que en la actualidad
aún no ha logrado grandes avances.
En consecuencia, y con la finalidad de dar respuesta a esta problemática, se diseñó e implementó el Proyecto BOL/91196 “Gestión
de Pasivos Ambientales en Áreas Protegidas y su influencia en el recurso hídrico”, el cual busca contribuir de manera integral
a la gestión de pasivos ambientales en APNs y su influencia en el recurso hídrico a partir de la inventariación, caracterización y
evaluación de los impactos ambientales ocasionados por PAMs y PAHCs. Asimismo, el proyecto trabajó en el diagnóstico de la
normativa vigente en relación a los pasivos ambientales y elaboró dos propuestas de reglamentación, basando su trabajo en la
Constitución Política del Estado (CPE, 2009), que en su artículo 347º, en referencia a los pasivos ambientales señala:
• El Estado y la sociedad promoverán la mitigación de los efectos nocivos al medio ambiente, y de los pasivos
ambientales que afecten al país. Se declara la responsabilidad por los daños ambientales históricos y la
imprescriptibilidad de los delitos ambientales.
• Quienes realicen actividades de impacto sobre el medio ambiente deberán, en todas las etapas de
la producción, evitar, minimizar, mitigar, remediar, reparar y resarcir los daños que se ocasionen al
medio ambiente y a la salud de las personas, y establecerán las medidas de seguridad necesarias para
neutralizar los efectos posibles de los pasivos ambientales.
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