Gestión de Pasivos Ambientales en Áreas Protegidas Memoria | Page 13
También en la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien (Ley N° 300) promulgada en 2012, en su artículo
16º, la cual encomienda al Estado Plurinacional de Bolivia, promover el manejo integral y sustentable de los componentes, zonas
y sistemas de vida para garantizar el sostenimiento de las capacidades de regeneración de la Madre Tierra.
Otro instrumento legal importante para el proyecto, fue el Reglamento General de Gestión Ambiental - RGGA, que define a los
pasivos ambientales en su artículo 46º como:
• El conjunto de impactos negativos perjudiciales para la salud y/o el medio ambiente ocasionados por
determinadas obras y actividades existentes en un determinado periodo de tiempo;
• Los problemas ambientales en general no solucionados por determinadas obras o actividades.
Por consiguiente y considerando la existencia de un panorama de conflictos y preocupación respecto a la gestión de pasivos
ambientales en la actividad minera así como en la hidrocarburífera; el Estado boliviano, a través de la implementación del Proyecto
BOL/91196, busca superar este importante desafío desde una perspectiva de prevención y respuesta a corto, mediano y largo
plazo, centrando sus esfuerzos en el fortalecimiento de una adecuada gestión de pasivos ambientales.
Proyecto “Gestión de Pasivos Ambientales en Áreas Protegidas y su influencia en el recurso hídrico”
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