LECTURAS COMPLEMENTARIAS
Sin embargo, el observador puede proceder a la auténtica comprensión de la otra
persona si:
5. Considera el significado de la palabra como una indicación (Anzeichen) de las
vivencias del hablante, en una palabra, como lo que el hablante quiere decir. Por
ejemplo, puede tratar de descubrir lo que el hablante intentaba decir y lo que quiso
significar diciéndolo en esa ocasión. Estas cuestiones apuntan obviamente a
vivencias conscientes. La primera cuestión trata de establecer el contexto de
significado dentro del cual el hablante comprende la palabra que está pronunciando,
mientras la segunda trata de establecer el motivo de que la pronuncie. Es obvio
que la comprensión auténtica de la otra persona implicada en la respuesta a tales
cuestiones sólo puede lograrse si se establece primero el significado objetivo de
las palabras, por medio de la explicación de sus propias vivencias por parte del
observador.
Por supuesto, todos estos son sólo ejemplos. Más adelante tendremos repetida
oportunidad de referirnos al punto esencial que esos ejemplos ilustran. Formulemos
ahora de manera sumaria cuáles de nuestros actos interpretativos referentes al yo de
otro son interpretaciones de nuestra propia experiencia. Está primero la interpretación
de que la persona observada es realmente un ser humano y no una imagen de alguna
clase. El observador sólo establece esto mediante interpretación de sus propias
percepciones del cuerpo del otro. En segundo lugar, está la interpretación de todas las
fases externas de la acción, es decir, de todos los movimientos corporales y de sus
efectos. En este caso el observador también está interpretando sus propias
percepciones, exactamente como cuando observa el vuelo de un pájaro o la agitación
de una rama sacudida por el viento. Para entender lo que ocurre, ape