administrativo
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la atenúen o agraven, lo que es
esencial para el resultado de la
investigación.
Existen 3 tipos de responsabilidades a establecer: la civil
o pecuniaria (daño patrimonial);
responsabilidad administrativa
(infracción a los deberes, prohibiciones y/o incompatibilidades);
y responsabilidad penal (delito).
Resolución
Cuando el fiscal cierra la
investigación, emite un dictamen
en el que propone la absolución o
sanción que corresponda aplicar.
Dicho dictamen debe contener la
individualización del o los inculpados; la relación de los hechos
y la forma como se ha llegado
a comprobarlos; la participación y grado de culpabilidad de
los sumariados; las circunstancias atenuantes o agravantes, y
la proposición de las sanciones
o absolución que estima aplicar.
De estar ante la posible
existencia de un delito, el dictamen deberá además contener
la petición de que se remitan los
antecedentes a tribunales, sin
perjuicio de que ya se haya hecho
en la oportunidad debida.
Emitido el dictamen, el
fiscal elevará los antecedentes
al superior jerárquico de la institución según corresponda, el
Secretario Regional Ministerial
o el Director Regional de servicios nacionales, quien resolverá
en el plazo de 5 días, dictando
una resolución que absolverá al
inculpado o aplicará la medida
disciplinaria o destitución.
No obstante, la autoridad
correspondiente podrá ordenar
la realización de nuevas diligenci \