Falmed Falmed Educa - Año 04 - Nº9 | Page 6

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REPORTAJE
no puede desconocer su existencia , estableciendo que “ debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual ”. Este reconocimiento de la autonomía o voluntad de las personas recaló en la medicina . La presidenta del Departamento de Ética del Colegio Médico de Chile , Dra . Gladys Bórquez , plantea que en la década del 50 a nivel mundial , el desarrollo de nuevos medicamentos y tratamientos ; el surgimiento de movimientos sociales que buscaron la igualdad de derechos y el cuestionamiento a la medicina como ciencia exacta ; fueron factores que influyeron en que se comenzara a abandonar el modelo paternalista para impulsar uno más centrado en el paciente , respetando su decisión informada y competente ante el tratamiento propuesto por el médico . “ Tradicionalmente los principios que guiaban nuestro quehacer médico se ubicaban en lo que hay en día se denomina el paternalismo , donde el principio de no maleficencia y beneficencia , superponían al principio la autonomía ”, explica la Dra . Bórquez .
SOBERANÍA PERSONAL vs . CONSENTIMIENTO INFORMADO
¿ Una sociedad democrática respeta la autonomía del paciente ; el control que puede ejercer sobre propio cuerpo y las decisiones que conciernen a su integridad ? La Ley 20.584 regula los deberes y derechos que tienen los pacientes en relación a sus acciones vinculadas a su atención en salud . La abogada del Departamento Jurídico de la Fundación de Asistencia Legal del Colegio Médico , Falmed , Carmen
Gloria Pierart , señala que el artículo 14 de este cuerpo legal precisa que “ toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud ”. El abogado jefe de Falmed , Juan Carlos Bello , explica que la normativa actual reconoce la autonomía como el principal derecho de las personas . En este escenario , recomienda que ante dicho escenario el médico “ debe respetar su voluntad ”. Falmed precisa que la Ley al consagrar a las personas su voluntad de otorgar o denegar su aceptación para someterse a cualquier tratamiento médico , el ejercicio de este derecho es libre , voluntario , expreso e informado . “ El médico le informa al paciente sobre la enfermedad que padece , qué síntomas demuestra y qué le ocurrirá con el tratamiento que le indica ”, complementa la presidente del Departamento de Ética del Colegio Médico de Chile , Dra . Gladys Bórquez . Lo descrito se denomina consentimiento informado . “ Para que la autonomía de los pacientes se haga real , existe el consentimiento informado . El médico debe informar al paciente sobre su enfermedad y tratamiento para que éste consienta o rechace la voluntariedad . El paciente no debe estar sometido a manipulación o coerción ”, argumenta la profesional . La abogada de Falmed , Carmen Gloria Pierart , agrega que “ dado que se trata de un consentimiento informado , por regla general , el proceso se efectuará en forma verbal , debe constar por escrito en el caso de intervenciones quirúrgicas , procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos y , en general , para la aplicación de procedimientos que conlleven un riesgo relevante y conocido para la salud del afectado . La recomendación legal es que siempre conste por escrito en la ficha clínica , con la firma del paciente ”. ¿ Pero qué ocurre cuando un médico no puede obtener el consentimiento del paciente o de un familiar ? La Ley de Derechos y Deberes señala que no se requerirá su manifestación de voluntad en las siguiente situaciones : a ) cuando se suponga un riesgo para la salud pública ; b ) cuando la condición de salud o cuadro clínico de la persona implique riesgo vital o secuela funcional grave de no mediar atención médica inmediata e impostergable y el paciente no se encuentre en condiciones de expresar su voluntad ni sea posible obtener el consentimiento de su representante legal ; c ) cuando la persona se encuentra en incapacidad de manifestar su voluntad y no es posible obtenerla de su representante legal .
CONFLICTO ÉTICO EN MÉDICOS
¿ En qué circunstancias el médico puede tener un conflicto ético cuando aceptando la autonomía del paciente se puede llegar a enfrentar un escenario adverso ? El vicepresidente de Falmed y experto en bioética , Dr . Fernando Heredia , indica que “ se produce cuando el médico o la familia no aceptan que el paciente competente ejerza su autonomía y pueda rechazar un tratamiento que a juicio de él no quiere asumir ”. Ahora bien , ¿ qué ocurre cuando un tratamiento médico prolonga la vida de un paciente por medios artificiales sin tener en cuenta su calidad ? ¿ Puede llegar a ser una acción degradante que viole los principios éticos y , por tanto , sea incompatible con el respe-