Falmed Falmed Educa - Año 04 - Nº8 | Page 22

22 Prevención FalmedEduca RECOMENDACIONES FALMED Falmed pone a disposición de sus afiliados este instructivo con las respuestas a las preguntas más comunes sobre los pasos que se deben seguir cuando se recibe una notificación judicial o policial. ¿Qué hacer? 1. Si recibe citación de la Fiscalía o Ministerio Público La citación debe indicar el lugar donde tiene que declarar, la hora y causa denominada con un RUC. Lo importante es que ese documento lo haga llegar a las oficinas de Falmed. También debe poner atención o consultar en qué calidad está siendo citado, ya que ésta puede ser como TESTIGO o IMPUTADO. SI ES CITADO COMO TESTIGO, quiere decir que se requiere que usted cuente sobre cierta situación de la cual tuvo conocimiento o participación. CUANDO ES UNA CITACIÓN EN CALIDAD DE IMPUTADO, significa que el Fiscal ha determinado que en los hechos investigados existirían personas que tendrían algún grado importante de participación y eventualmente responsabilidad penal. Lo anterior es importante por cuanto como imputado se tienen una serie de derechos, dentro de los cuales los más relevantes son: • Guardar silencio en su declaración. • Ser asistido por un abogado en todo momento. 2. Si recibe una citación de parte del Tribunal de Garantía o Tribunal Oral en lo Penal Los Tribunales de Garantía y Tribunal Oral en lo Penal, son aquellos que están dispuestos en la reforma procesal penal y que conocen de los llamados “juicios orales” entre otros procedimientos. SI ES CITADO COMO IMPUTADO es absolutamente imprescindible la comunicación con nuestro equipo jurídico, por cuanto la investigación ha pasado a ser un antecedente sumamente relevante para que el fiscal pueda iniciar un juicio oral. 3. Si recibe una citación de parte del Tribunal de Garantía o Tribunal Oral en lo Penal SI ES CITADO EN UN JUICIO O INVESTIGACIÓN COMO TESTIGO, se deberá coordinar con nuestro equipo jurídico el contexto de su declaración, por cuanto si bien el juicio no dice relación con su responsabilidad penal en el caso, su declaración puede aparejar una serie de consecuencias jurídicas que son necesarias prever. La recomendación general para este tipo de concurrencia es que su declaración debe limitarse a lo que usted pudo constatar en la atención de un paciente sin caer en calificar o especular sobre los hechos anteriores, posteriores o eventuales si es que ello no le consta fehacientemente o bien haya efectuado un estudio acucioso y global del caso. 4. Si recibe una citación de parte del Tribunal de Garantía o Tribunal Oral en lo Penal SI ES CITADO COMO PERITO, es decir, porque usted es un experto en la materia que se estaría conociendo en un determinado juicio, igualmente es