Prevención 23
FalmedEduca necesario coordinar con los abogados de Falmed tanto el día y hora en que deberá concurrir como el contexto de su declaración pericial, que en este caso incidirá notablemente en lo que los jueces finalmente fallen. Recuerde que sin perjuicio que en Chile no existe Ley de Especialidades, si usted concurre como perito en un determinado tema debe hacerlo en el marco de su competencia profesional.
La recomendación general para este tipo de concurrencia es que su declaración debe limitarse en el contexto del informe pericial que evacuó( si es el caso), sin caer en calificar o especular sobre los hechos anteriores, posteriores o eventuales si es que ello no le consta fehacientemente o bien haya efectuado un estudio acucioso y global del caso.
5. Si concurre un Receptor Judicial y lo notifica de una demanda
El Receptor Judicial es un funcionario auxiliar de la administración de justicia, quien le va a notificar sobre una demanda interpuesta. Le entregará un escrito o texto extenso, que hace referencia a un juicio civil en donde el demandante o paciente solicita una indemnización, es decir una suma de dinero.
En este escenario debe inmediatamente llamar a Falmed, para efectos de coordinar en el acto una reunión en donde deberá proveer tanto el escrito como los antecedentes del caso, ya que una vez que usted es notificado comienzan a correr plazos de sólo días para la interposición de recursos y defensa.
6. Si concurren directamente Carabineros o Investigaciones al Hospital o Consulta.
EN CASO QUE CONCURRAN CARABINEROS O INVESTIGACIONES requiriendo directamente que usted declare ante ellos, debe tener en cuenta que esa declaración es esencialmente voluntaria.
En tal contexto recomendamos se excuse de declarar, señalando que concurrirá directamente ante Fiscalía o el Tribunal asesorado por su abogado, procediendo a llamar inmediatamente a Falmed para ponernos en antecedentes de lo ocurrido.
7. Si le llega una notificación de un proceso de Mediación
La Ley Auge estableció el procedimiento de mediación, previo a la interposición de cualquier demanda civil en contra de médicos o de instituciones. En este contexto su objetivo primordial es que las partes mediante las distintas sesiones arriben a un acuerdo, evitando así que el caso sea llevado ante los Tribunales de Justicia.
En caso que luego del procedimiento no se logre un acuerdo, la parte reclamante estará facultada para iniciar las acciones civiles pertinentes.
Al respecto, la mediación no es un proceso adversarial, es decir, no es un juicio porque no hay pruebas que demostrar, tampoco se cuenta con la presencia de un juez. Es un procedimiento en el cual las partes conversan para tratar de llegar a algún acuerdo y que posee ciertas características que son importantes de tener en cuenta:
• Es confidencial, lo que se hable durante el proceso de mediación no puede ser utilizado posteriormente en un juicio o bien en un medio de comunicación por ejemplo, so pena de sanciones penales.
• Es absolutamente voluntaria.
• Los acuerdos que se logren pueden ser múltiples, desde la explicación del caso desde el punto de vista médico, una prestación médica que se deba realizar, la condonación de una cuenta en la Clínica u Hospital o derechamente el pago de una suma de dinero, etc.
• Tiene un plazo para desarrollarse de 60 días, prorrogables por otros 60 días en caso de ser necesario.
Lo más importante, es que el proceso de mediación es absolutamente voluntario, y usted puede concurrir personalmente o representado por su abogado, o ambos conjuntamente. En este sentido, usted siempre deberá previamente conversar con nuestros abogados para efectos de discutir la asistencia al proceso de mediación y la forma de concurrir a él.
8. Ha sido notificado de formulación de cargos en un sumario administrativo
La formulación de cargos es aquel acto dentro de una investigación administrativa, ya sea un sumario administrativo o una investigación sumaria, por el cual se notifica al funcionario que existen elementos para considerar infracciones al estatuto administrativo y por ende, para aplicar eventualmente sanciones de este tipo.
Una vez notificada la formulación de cargos, el funcionario dispone de un breve plazo para efectuar sus descargos-5 días prorrogables en los sumarios administrativos y 2 días no prorrogables en las investigaciones sumarias- por medio de los cuales se pueden desvirtuar los cargos formulados. En este contexto resulta fundamental la asesoría legal de los abogados de Falmed para la confección de tal escrito y defensa.
Si Ud. Ha sido notificado, comuníquese al teléfono 24 horas, 7 dias a la semana: 600 8 FALMED( 325633)