Falmed Edición Especial 02: Emoción y Razón | Page 40

40 DERECHO AL OLVIDO
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Rivas , quien fue condenado a 180 días de pena remitida por proferir injurias graves , en distintos medios de comunicación , contra el empresario Andrónico Luksic .
DERECHO AL OLVIDO EN INTERNET
A partir de la experiencia vivida hace un año , el diputado Guillermo Ceroni , presentó un proyecto que modifica la ley N ° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada para garantizar el derecho al olvido . En términos simples , la moción busca que las personas tengan dominio y control del destino de sus datos y la información de esa persona presente en plataformas digitales como Google . Así por ejemplo , si una persona considera que al introducir su nombre en un motor de búsqueda aparece información inexacta , descontextualizada o falsa , pueda solicitar a Google desindexar esa información , es decir eliminarla del listado de informaciones . La moción parlamentaria , propone introducir a la ley N ° 19 . 628 conceptos como el derecho al olvido y motores de búsqueda .
Romina Garrido , presidenta de la Fundación Datos Protegidos , respalda la necesidad de que nuestro país cuente con una ley que aborde esta temática . “ Las personas no tienen control de sus datos personales y eso vulnera no solamente los derechos a la privacidad sino que el acceso a la salud , educación o al trabajo ”, dice Garrido .
Para la presidenta de Datos Protegidos , si bien Chile es uno de los primeros países latinoamericanos en debatir sobre este tema , se debe avanzar a la regulación lograda por la Unión Europea que legisló , hace unos años , el derecho al olvido y , pese a la negativa de Google , logró que cualquier ciudadano que es parte de la comunidad europea pueda pedir a Google la eliminación de una publicación que afecta su honra y esta solicitud sea cumplida .
Estudios sobre el manejo de internet indican que el 93 % de quienes consultan en Google solo visitan la primera página de resultados . Esta realidad ha repercutido en que personas que fueron equivocadamente sindicadas como autores de delitos en la prensa , y pese a que su inocencia fue acreditada en los tribunales , para internet siguen siendo culpables .
El académico y Doctor en Derecho de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica , Francisco Leturia , cree que “ los medios de comunicación deberían tener más requisitos para publicar informaciones que afecten la presunción de inocencia . No publicar rostros , publicar solo iniciales ”.
Leturia explica que el proyecto de ley que actualmente se encuentra en la Comisión de Constitución , Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados , excluye como beneficiarios del derecho al olvido a personalidades públicas , como por ejemplo parlamentarios que buscarían borrar de las plataformas digitales actuaciones poco convenientes o incluso delitos .
“ Los que postulan a cargos públicos están expuestos al escrutinio público y para ellos no opera el derecho al olvido ”, dice Leturia .
La presidenta de Datos Protegidos , menciona que esta moción expresa que “ en ciertos casos debe protegerse la dignidad de las personas ya que cuando su información se ve expuesta de esa manera en internet finalmente no pueden rehacer sus vidas . No estamos hablando de las personas por las cuales hay un interés público de conocer información ”.
Una mirada crítica sobre el derecho al olvido y la repercusión que podría tener en la afectación del derecho a la información la entrega Juan Carlos Lara , director ( i ) de la Organización Derechos Digitales . Para Lara si bien en Chile la ley parece otorgar una serie de derechos de protección de datos , los mecanismos que ejecutan estos derechos son los que fracasan e impiden que esta protección sea real . “ El riesgo más importante respecto del uso de estas herramientas es que efectivamente una persona elimine información o le impida encontrar información que es
Juan Carlos Lara
DIRECTOR EJECUTIVO ( I ) DE DERECHOS DIGITALES .
“ El riesgo más importante del uso de estas herramientas es que una persona elimine información o impida encontrar información que es públicamente relevante ”.