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la vinculación con el marco normativo que se negocia como ha sucedido en el TISA. Lo que importa es visualizar esos distintos ámbitos y el momento actual en materia de ideas y propuestas en las cuestiones sensibles que atañen la educación superior. La Ronda Doha de la OMC Uno de los puntos más polémicos del sector educación, refiere a la cobertura de los compromisos asumidos. Esto se debe a que como se mencionara anteriormente, el GATS exenta a los servicios provistos en el ejercicio de la autoridad gubernamental, que significa que un servicio se presta de manera “no comercial” y “no en competencia”, de acuerdo al Artículo 1.3 de la OMC (Knight 2004). Por ende, en tanto los países adoptan esquemas mixtos de provisión, e incluso en ocasiones con aranceles independientes de la modalidad de provisión, la definición podría excluir por completo a la educación superior de esta salvaguarda, abriendo la puerta para la liberalización de todo el sector, con el sector público incluido. No obstante, en tanto los países no asumen compromisos, no se ven afectados por esta definición. En cambio, el punto crucial del acuerdo es el “principio de liberalización progresiva”, pues aunque no ataca directamente el derecho de los Estados a realizar sus propias ofertas, insta a liberalizar nuevos sectores en cada negociación, aumentando la presión sobre aquellos países que no desean permitir el acceso de proveedores extranjeros a sus mercados (Knight 2004). Por ello, reflexionando sobre las implicancias para el sector educativo, Bizzozero y Hermo (2009: 64) afirman: “Este punto es de alta sensibilidad y afectaría todo el sector de servicios. Como ya señaláramos en un documento anterior, se plantean dos temas de relevancia: el primero es el alcance de lo que se entiende por reglamentación nacional y el segundo tema es si se plantea que el Miembro debe “demostrar” que la reglamentación nacional no es más restrictiva que otras anteriores y resulta necesaria. Esta posible derivación del Grupo de Trabajo sobre reglamentación doméstica posibilitaría, “objeciones externas” a regulaciones educativas y su eventual traducción en grupos de solución de