7o- Supervisar la actuación de la administración pública frente a las personas;
8o- Promover reformas ante los órganos del Estado para el progreso de los derechos humanos;
9o- Emitir opiniones sobre proyectos de leyes que afecten el ejercicio de los derechos humanos;
10o- Promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a prevenir violaciones a
los derechos humanos;
11o- Formular conclusiones y recomendaciones pública o privadamente;
12o- Elaborar y publicar informes;
13o- Desarrollar un programa permanente de actividades de promoción sobre el conocimiento y
respeto de los derechos humanos;
14o- las demás que le atribuyan la Constitución o la ley.
Por su parte, el artículo 11 de la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos recoge las atribuciones que establece la Constitución, 2 pero además, en su artículo 12
agrega otras:
1o.) Velar por el estricto cumplimiento de los procedimientos y plazos legales en los distintos
recursos que hubiere promovido o en las acciones judiciales en que se interesare;
2o.) Velar por el respeto a las garantías del debido proceso y evitar la incomunicación de los
detenidos;
3o.) Llevar un registro centralizado de personas privadas de su libertad y de centros autorizados
de detención;
4o.) Presentar propuestas de anteproyectos de leyes para el avance de los derechos humanos en el
país;
5o.) Promover la firma, ratificación o adhesión a tratados internacionales sobre derechos
humanos;
6o.) Emitir resoluciones de censura pública contra los responsables materiales o intelectuales de
violaciones a los derechos humanos;
7o.) Procurar la conciliación entre las personas cuyos derechos han sido vulnerados y las
autoridades o funcionarios señalados como presuntos responsables, cuando la naturaleza del caso
lo permita;
8o.) Crear, fomentar y desarrollar nexos de comunicación y cooperación con organismos de
promoción y defensa de los derechos humanos, gubernamentales, intergubernamentales y no
gubernamentales, tanto nacionales como internacionales y con los diversos sectores de la vida
nacional;
2 El Art. 11 de la Ley de la PDDH es sólo una trascripción literal del contenido señalado en el mismo Art. 194 Rom. I Cn
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