ETHNOLÓGICA No. 02 (2018) | Page 97

Consentimiento libre, previo e informado (pág. 89-100) Ethnológica 02 (2018) ha maltratado nuestros conocimientos sobre medicina tradicional, sobre nuestra artesanía, sobre todas nuestras artes, nuestra cultura; casi hemos perdido nuestras lenguas; ha ahuyentado y ha dejado contaminados nuestros peces, nuestros animales del monte; nos ha dejado sin cochas, sin espíritus, sin madres del monte; ha malogrado nuestra salud, produciendo enfermedades desconocidas para nosotros, matando a nuestros hijos, nuestras familias; ha envenenado con metales pesados nuestra sangre y la sangre de nuestros bosques y ríos; ha generado conflicto entre las empresas petroleras, el Estado y nuestros pueblos, produciendo encarcelamiento de nuestros hermanos por protestar por nuestros derechos; ha producido conflictos incluso entre nosotros, enfrentando pueblos contra pueblos, comunidades hermanos y hermanas contra sus mismos hermanos y hermanas. La actividad petrolera nos ha contaminado y nos ha empobrecido. En definitiva, ya no contamos con una vida segura.” Fueron obligados contraríos a su suplicación a aceptar otro contracto petrolera de 30 años de duración. En muy poco tiempo ellos y sus entornos territoriales fueron cubiertos por nuevos derrames. Esto es etnocidio, una Consulta Previa sádico, y exactamente lo que apunta la Corte Interamericana de Derechos Humanos para la protección del derecho al Consentimiento territorial informado. P ropuestas El Profesor Cathal Doyle de la Universidad de Middlesex, aconseja que en la conquista del Consentimiento, “el locus de su implementación tiene que ser [las] propias instituciones [indígenas] de auto-gobierno, operando de acuerdo a sus auto-escogidos y auto-manejados procesos de toma de decisión y su derecho consuetudinarío y sus prácticas”. (Doyle, 2014, pág. 16) Esto coincida por 100% con las pautas del Movimiento por los Protocolos de Abya Yala. Nosotros llegamos a la misma conclusión. La trayectoria es una respuesta directa a la coyuntura contradictoria jurídica e histórica que presentan los estados. La Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas dice la misma cosa. El Honorable Zeid Ra’ad Al-Hussein, quien coordina derechos humanos en las Naciones Unidas, publica que “las instituciones propias de los indígenas” son las que son capaces de “hacer que el respeto al principio del consentimiento libre, previo e informado deviene una realidad.” 29 ”. Promete suministrar recursos a pueblos indígenas con este fin. 97