ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS O COMBINADOS METODOLOGIA PARA DESARROLLAR ESTADOS FINANCIEROS C | Page 15

proporción cada una de sus cuentas patrimoniales.
Cuando se trate de subordinadas que presenten varios cortes de cuentas durante el período objeto de consolidación, el monto atribuible al interés minoritario se determinará sobre los estados financieros cortados a la fecha de la consolidación, tanto para balance general como para la proporción que le corresponda de los resultados.
El interés minoritario deberá presentarse en el balance general y en el estado de ganancias y pérdidas consolidadas en un rubro separado.
4. 2. Con subordinadas del exterior
4. 2. 1 Observar el cumplimiento de los procedimientos descritos par a la consolidación con subordinadas nacionales, en tanto no tengan tratamiento especial en el capítulo de consolidación con subordinadas del exterior.
4.2.2
Uniformar
las
normas
de
contabilidad de general aceptación con
las
aplicables
en
Colombia,
principalmente aquellas que puedan
afectar la estructura de los estados
financieros consolidados, tales como
las relacionadas con la calificación de
la
cartera
de
créditos,
de
inversiones,
constitución
de
provisiones,
etc.
Las
variaciones
substanciales
de
uniformidad
deberán
ser
reveladas en notas a los estados
financieros consolidados.
4. 2. 3 En todos los casos de adquisición de derechos sociales se debe aplicar el método“ paso a paso”, independientemente de que el control se haya obtenido con la primera compra o con la sumatoria de varias de ellas.
4. 2. 4 Diferencia en cambio originada por la re expresión de la inversión de la entidad inversionista.
La diferencia en cambio registrada por la entidad inversionista producto de la re expresión del valor de la inversión, desde la fecha de su adquisición hasta la fecha de consolidación, deberá eliminarse en el estado financiero consolidado con cargo a la cuentas patrimoniales del consolidado denominadas“ Ajuste por Conversión de Estados Financieros”, determinada conforme lo establece el numeral 4.2.7.3. De la presente circular, y“ Ajuste en Cambio”, en este último