Escuela Inclusiva y los Derechos Humanos Guia_Derechos_Humanos | Page 14

El constructivismo asevera que un individuo no es obra del contex- to ni una consecuencia de sus configuraciones mentales, sino una fabricación individual que se genera constantemente como deriva- ción del contexto y las configuraciones mentales, es decir, se apren- de cuando se construye conocimiento a partir de los vínculos entre lo ignorado y las representaciones anteriores que tiene el individuo. El conocimiento, por ende, debe desarrollarse en los ambientes so- ciales de las colectividades y de las diversidades. La educación, un derecho humano La educación como derecho humano reúne los elementos de uni- dad y dependencia de todos los demás derechos plasmados en la DUDH, puesto que la educación envuelve perspectivas políticas, financieras, sociales y culturales; por lo tanto, este derecho debe calificarse como un derecho transcendental que consiente en la cabal práctica y goce de todos los otros derechos. La auténtica puesta en marcha del derecho a la educación es, con- secuentemente, un requisito previo a la democratización y la total colaboración de los individuos en todos los ámbitos sociales. Para lo- grarlo se precisa una educación básica eficaz para todas las personas. No obstante que el derecho a la educación para todos está vigente en muchos documentos internacionales, nacionales y regionales; un sin número de niños continúan impedidos para alcanzarla y disfrutar de la misma, por lo que uno de los más transcendentales desafíos del siglo XXI es lograr un progreso verdaderamente cre- ciente y equitativo. Como se puede vislumbrar, para que las escuelas brinden una au- téntica educación de excelencia e imparcial, deben hacer válido el derecho a la educación, principalmente si quieren lograr algo tan importante como la inclusión educativa. 14