Escuela Inclusiva y los Derechos Humanos Guia_Derechos_Humanos | Page 14
El constructivismo asevera que un individuo no es obra del contex-
to ni una consecuencia de sus configuraciones mentales, sino una
fabricación individual que se genera constantemente como deriva-
ción del contexto y las configuraciones mentales, es decir, se apren-
de cuando se construye conocimiento a partir de los vínculos entre
lo ignorado y las representaciones anteriores que tiene el individuo.
El conocimiento, por ende, debe desarrollarse en los ambientes so-
ciales de las colectividades y de las diversidades.
La educación, un derecho humano
La educación como derecho humano reúne los elementos de uni-
dad y dependencia de todos los demás derechos plasmados en la
DUDH, puesto que la educación envuelve perspectivas políticas,
financieras, sociales y culturales; por lo tanto, este derecho debe
calificarse como un derecho transcendental que consiente en la
cabal práctica y goce de todos los otros derechos.
La auténtica puesta en marcha del derecho a la educación es, con-
secuentemente, un requisito previo a la democratización y la total
colaboración de los individuos en todos los ámbitos sociales. Para lo-
grarlo se precisa una educación básica eficaz para todas las personas.
No obstante que el derecho a la educación para todos está vigente
en muchos documentos internacionales, nacionales y regionales;
un sin número de niños continúan impedidos para alcanzarla y
disfrutar de la misma, por lo que uno de los más transcendentales
desafíos del siglo XXI es lograr un progreso verdaderamente cre-
ciente y equitativo.
Como se puede vislumbrar, para que las escuelas brinden una au-
téntica educación de excelencia e imparcial, deben hacer válido el
derecho a la educación, principalmente si quieren lograr algo tan
importante como la inclusión educativa.
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