Congreso de la Republica de Guatemala
protegido;
c) Introduzca al comercio, venda, ofrezca vender, almacene o distribuya productos o
servicios protegidos por un signo distintivo registrado, tras haber alterado, sustituido
o
suprimido
dicho
signo
parcial
o
totalmente;
d) Use, ofrezca vender, almacene o distribuya productos o servicios con una marca
registrada, similar en grado de confusión a otra, tras haberse emitido una resolución
que
ordene
la
descontinuación
del
uso
de
dicha
marca;
e) Produzca etiquetas, envases, envolturas, empaques u otros materiales análogos
que reproduzcan o contengan el signo registrado o una imitación o falsificación del
mismo, y también que comercialice, almacene o muestre dichos materiales;
f) Rellene o vuelva a usar, con cualquier fin, envases, envolturas, etiquetas u otros
empaques
que
tengan
un
signo
distintivo
registrado;
g) Use en el comercio: etiquetas, envolturas, envases y otros medios de empaque y
embalaje, o productos o la identificación de servicios de un empresario, o copias,
imitaciones o reproducciones de dichos productos y servicios que podrían inducir a
error o confusión sobre el origen de los productos o servicios;
h) Use o aproveche el secreto comercial de otra persona, y todo acto de
comercialización, divulgación o adquisición indebida de di