Congreso de la Republica de Guatemala
cualquier tipo de medio tangible de obras, fonogramas, interpretaciones o
ejecuciones o difusiones protegidas que se hayan hecho sin el consentimiento del
autor
o
titular
del
derecho
correspondiente;
r) El cobro de utilidades del uso de obras, interpretaciones o ejecuciones,
fonogramas o difusiones protegidas o la realización de cualquier otra actividad típica
de una empresa de gestión colectiva sin autorización para ello;
s) La divulgación de una obra nueva sin el consentimiento del autor o del titular del
derecho
correspondiente;
t) La traducción de una obra total o parcialmente sin la autorización del autor o titular
del
derecho
correspondiente;
u) La distribución, sin autorización, de una obra o fonograma original protegido o de
sus reproducciones legales, para su venta, arrendamiento de largo plazo,
arrendamiento, arrendamiento con opción a compra, préstamo o cualquier otra
modalidad;
y
v) La importación o exportación de una obra original protegida o sus reproducciones,
para comerciarlas, en cualquier tipo de medio o fonograma sin la autorización del
titular
del
derecho
correspondiente.
Las disposiciones n), o) y p) no serán aplicables a actividades legalmente
autorizadas, realizadas por empleados, funcionarios, o contratistas del gobierno,
para la aplicación de la ley, así como la realización de actividades de inteligencia,
defensa nacional, seguridad u otros propósitos gubernamentales similares.
Las excepciones contenidas en el articulo 133 sexties del Decreto Número 33-98 del
Congreso de la República, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos y sus
reformas, también serán aplicables a la literal I) que antecede.
El diseño, o el diseño y selección, de piezas y componentes para productos
electrónicos de consumo, telecomunicaciones o productos de computación no
necesitan responder a una medida tecnológica específica si el producto no infringe
la
literal
I)
del
presente
artículo.
Se entenderá por información para la gestión de derechos, cuando lo descrito en las
literales siguientes esté adherido a una copia de la obra, interpretación o ejecución o
fonograma, o aparezca en relación con la comunicación o puesta a disposición del
público
de
una
obra,
interpretación
o
ejecución,
o
fonograma:
-Material con fines educativos elaborados por CENSAT-