Congreso de la Republica de Guatemala
7° Si, pudiendo el imputado eludir la acción de la justicia por fuga u otro medio
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idóneo, se ha presentado voluntariamente a la autoridad.
Confesión espontánea
8° La confesión del procesado, si la hubiere prest ado en su primera declaración.
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Ignorancia
9° La falta de ilustración, dada la naturaleza del delito, en cuando haya influido en
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su ejecución.
Dificultad de prever
10. En los delitos culposos, causar el resultado dañoso en circunstancias que lo
hacían muy improbable o difícil de prever.
Provocación o amenaza
11. Haber precedido inmediatamente, de parte del ofendido, provocación o amenaza
en proporción al delito.
Vindicación de ofensas
12. Haber ejecutado el hecho en vindicación próxima de una ofensa grave, causada
al autor del delito, su cónyuge, su concubinario, sus parientes dentro de los grados
de ley, sus adoptantes o sus adoptados.
Se entiende por vindicación próxima la que se ejerce consecutivamente a la ofensa,
o cuando no ha habido el tiempo necesario para la reflexión.
Inculpabilidad incompleta
13. Las expresadas en el artículo 25 cuando no concurran los requisitos necesarios
para excluir de responsabilidad en los respectivos casos.
Atenuantes por analogía
14. Cualquiera otra circunstancia de igual entidad y análoga a las anteriores.
CAPITULO II
CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
-Material con fines educativos elaborados por CENSAT-