Congreso de la Republica de Guatemala
5° Quien incurre en alguna omisión hallándose impe dido de actuar, por causa
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legítima e insuperable.
TITULO IV
DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE MODIFICAN LA
RESPONSABILIDAD PENAL
CAPITULO I
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES
ARTICULO 26.- Son circunstancias atenuantes:
Inferioridad síquica
1° Las condiciones determinadas por circunstancias orgánicas o patológicas que
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disminuyan, sin excluirla, la capacidad de comprender o de querer del sujeto.
Exceso de las causas de justificación
2° El exceso de los límites establecidos en las ca usas de justificación.
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Estado emotivo
3° Obrar el delincuente por estímulos tan poderoso s que, naturalmente, hayan
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producido arrebato u obcecación.
Arrepentimiento eficaz
4° Si el delincuente ha procurado, con celo, repar ar el daño causado o impedir sus
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ulteriores perniciosas consecuencias.
Reparación del perjuicio
5° Si el delincuente, a criterio del tribunal, ha reparado, restituido o indemnizado
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adecuada y satisfactoriamente el daño causado antes de dictarse sentencia.
Preterintencionalidad
6° No haber tenido intención de causar un daño de tanta gravedad, como el que se
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produjo
Presentación a la autoridad
-Material con fines educativos elaborados por CENSAT-