Código Penal | Page 131

Congreso de la Republica de Guatemala le tocaría cubrir, o para incrementar fraudulentamente su crédito fiscal; y el contribuyente que las extiende. 11. Quien, para simular la adquisición de bienes o mercancías de cualquier naturaleza o acreditar la propiedad de los mismos, cuya procedencia sea de carácter ilícito o de contrabando, falsifique facturas, utilice facturas falsificadas, obtenga facturas de un tercero, o simule la existencia de un contribuyente. 12. Quien emita, facilite o proporcione facturas a un tercero para simular la adquisición de bienes o mercancías de cualquier naturaleza, o acreditar la propiedad de los mismos, cuya procedencia sea de carácter ilícito o de contrabando. *Adicionado por el Artículo 4, del Decreto Número 103-96 Del Congreso de la República de Guatemala. * Reformado los numerales 2, 3 y 7 por el Artículo 5, del Decreto Número 30-2001 Del Congreso de la República de Guatemala. *Adicionado los numerales 9 y 10 por el Artículo 6, del Decreto Número 30-2001 Del Congreso de la República de Guatemala. *Adicionado los numerales 11 y 12 por el Artículo 70, del Decreto Del Congreso Número 4-2012 el 25-02-2012 ARTICULO 358.- * "C". APROPIACIÓN INDEBIDA DE TRIBUTOS. Comete el delito de apropiación indebida de tributos quien actuando en calidad de agente de percepción o de retención, en beneficio propio, de una empresa o de tercero, no entere a la Administración Tributaria la totalidad o parte de los impuestos percibidos o retenidos, después de transcurrido el plazo establecido por las leyes tributarias específicas para enterarlos. El responsable de este delito será sancionado con prisión de uno a seis años, que graduará el Juez con relación a la gravedad del caso, y multa equivalente al impuesto apropiado. Si el delito fuere cometido por directores, gerentes, administradores, funcionarios, empleados o representantes legales de una persona jurídica, en beneficio de ésta, además de la sanción aplicable a los responsables, se impondrá a la persona jurídica una multa equivalente al monto del impuesto no enterado, y se le apercibirá que en caso de reincidencia se ordenará la cancelación de la patente de comercio en f