Código Penal | Page 109

Congreso de la Republica de Guatemala Igual sanción se aplicará a quien, estando autorizado para suministrar medicamento, lo hiciere en especie, cantidad o calidad diferente a la declarada o convenida, o los expendiere a sabiendas de que han perdido sus propiedades terapéuticas o después de su fecha de expiración. ARTICULO 305.- Contravención de medidas sanitarias. Quien, infrinja las medidas impuestas por la ley o la