conjunto de acciones coordinadas del sector salud,
es decir que comprometieran en mesas regionales
de trabajo a FONASA, Seremi, Superintendencia
de Salud, Servicios de Salud, Municipios y
Organizaciones de la Sociedad Civil, orientadas
a disminuir las barreras de acceso a salud de las
personas inmigrantes, para posteriormente con-
vertirse en un insumo para la Política de Salud de
Inmigrantes. El foco principal de este plan pilo-
to estuvo puesto en la atención primaria, lleván-
dose a cabo en las comunas de Arica, Iquique,
Antofagasta, Recoleta y Santiago en el contexto
del Programa de Atención de Salud a Inmigrantes,
cuyo objetivo general consta en implementar es-
trategias que permitan superar las barreras de ac-
ceso a la atención, promoción de la salud y pre-
vención de la enfermedad, especialmente aquellas
que afectan a la población en situación irregular.
Junto con esto, el plan contempló seis niveles de
acción (atención primaria, hospitales, servicios de
salud, SEREMI, FONASA y Superintendencia de
Salud) y tres ámbitos transversales (capacitación,
participación e información de salud) (48)(49).
A raíz del trabajo desarrollado en los pilotos, el
Ministerio de Salud difundió cuatro experiencias
como ejemplo de buenas prácticas. Éstas fueron
un curso de desarrollo de competencias en líderes
migrantes y facilitadores de salud en la comuna de
Santiago, una estrategia de trabajo para la acogida
y atención a los inmigrantes en situación irregular
en la comuna de Recoleta, un programa de faci-
litación lingüística integral a usuarios en centros
de salud dependientes del Servicio Metropolitano
Central, y actividades de capacitación y difusión
para el acceso e inclusión en la atención de salud
a personas inmigrantes en el Hospital Clínico San
Borja Arriarán (50).
Posteriormente, basado en la situación de inde-
fensión que a la fecha presentaban muchas perso-
nas inmigrantes en situación irregular al momento
de verse en la necesidad de asistencia profesional
a causa de determinada situación de salud, y la
obligación del sistema público de salud de otorgar
atención de salud a los habitantes, el 10 de mar-
zo de 2016 entra en vigencia el Decreto Supremo
N° 67. Este último agrega como circunstancia de
acreditación como persona carente de recursos
o indigente, tratarse de una persona inmigrante
carente de documentos o permiso de residencia
que suscribe un documento declarando su caren-
cia de recursos (51). Luego, el Ministerio de Salud
mediante la Circular A 15 N° 04 del 13 de junio
de 2016, impartiría instrucciones para la aplica-
ción de la circunstancia agregada por el Decreto
Larenas D., et al.
Supremo N° 67, de tal forma que las personas
migrantes en situación irregular que certificaran
carencia de recursos fueran consideradas benefi-
ciarias del régimen de prestaciones de salud (52).
Finalmente, durante el presente año 2018, el
sector salud, por medio del equipo asesor sec-
torial de salud de migrantes, presenta la Política
de Salud de Migrantes Internacionales, la cual se
propone como un avance en materia de equidad,
puesto que promueve acciones que contribuyen
a la reducción de barreras de género, culturales
y administrativas que suele enfrentar la pobla-
ción migrante. A pesar de que en su estructura-
ción estratégica no hace alusión específica a la
población MISI, su objetivo específico número
2 consta en garantizar el acceso equitativo a la
promoción, prevención y atención de salud a las
personas migrantes internacionales. Así también,
en su lineamiento estratégico número 1, dirigido
a la armonización y adecuación del marco norma-
tivo, explicita la revisión de normas, reglamento
y medidas administrativas que se expresan como
barreras de acceso, especialmente sobre aquella
población en situación de vulnerabilidad (53).
Figura 1. Principales hitos normativos desarro-
llados en Chile en materia de acceso a servicios de
salud de la población MISI entre los años 2003 y
2018
EL CONTEXTO ACTUAL Y LOS
DESAFÍOS PENDIENTES EN MATERIA
DE ACCESO A SERVICIOS DE SALUD
DE LA POBLACIÓN MISI
Se puede constatar que desde el año 2003 hasta
la actualidad, el sector salud ha realizado esfuerzos
importantes en la construcción de una respuesta
que permita garantizar el derecho de acceso a ser-
vicios de salud de la población MISI (Figura 1).
Sin embargo, aún existen diversos desafíos que
requieren ser abordados con urgencia.
Tal como señala Stefoni, la serie de normativas
que garantizan el derecho a la salud facilitando el
acceso a los servicios por sí mismas no resultan
suficientes, puesto que aún la población MISI
enfrenta importantes dificultades al momento de
buscar atención (54). Para garantizar el ejercicio
del derecho a la salud de esta población es ne-
cesario establecer un marco legislativo integrado,
superando la situación actual de instrumentos dis-
persos (55). El derecho a la salud de esta población
debiese estar definido en una ley de migraciones,
ya que, al no estarlo, adquiere un carácter difuso y
su aplicación puede ser desigual y arbitraria (56).
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