ORIGINALES:
Migración y Salud
que corresponde al 4,35% de la población total
del país (12). Mientras que una estimación del
Departamento de Extranjería y Migración señala
que al 2017 la población migrante internacional
sería igual a 1.119.267, equivalente al 6,1% de la
población total (13). En cuanto a la población
MISI en el país, el Departamento de Extranjería
y Migración en el presente año estimó la exis-
tencia de 200.000 a 350.000 personas MISI (14).
certeza la situación de salud de la población MISI.
No obstante, existe información acerca de la po-
blación que ha optado por no reportar su esta-
tus migratorio en encuestas poblacionales, la que
podría representar a la población MISI. Dicha
población vive en peores condiciones y reporta
una mayor cantidad de problemas de salud que
la población inmigrante (22). Adicionalmente,
durante el año 2002, un año previo al inicio del
desarrollo normativo en materia de derecho a
acceso a servicios de salud de la población MISI
en Chile, se reportaba que la población migrante
peruana en situación irregular se encontraba en
una grave situación de desprotección y vulnera-
bilidad, caracterizada por la gran dificultad que
representaba el acceso al sistema de salud, explo-
tación laboral y hacinamiento (23).
El presente artículo tiene por objetivo descri-
bir el marco internacional que orienta el aborda-
je de la problemática de acceso a servicios de sa-
lud que enfrenta la población MISI, caracterizar
la respuesta que ha dado el sector salud en Chile
a la problemática e identificar desafíos que pre-
senta el contexto actual a los cuales responder.
LA SALUD DE LA POBLACIÓN MISI Y
SU ACCESO A SERVICIOS DE SALUD
Aunque por lo general las personas que deci-
den migrar suelen encontrarse saludables, esto
no impide que puedan verse enfrentadas a ex-
periencias y circunstancias complejas que están
estrechamente relacionadas con su salud y bien-
estar a lo largo de todo el proceso migratorio, es
decir, antes de dejar el país de origen, durante el
tránsito, en el país de destino o en el retorno al
país de origen (15),(16),(17). Particularmente, la
población MISI se encuentra en una situación de
vulnerabilidad diferencial, dado que su situación
administrativa suele estar asociada a condiciones
de vida de pobreza, explotación laboral y restric-
ción del acceso a servicios de salud (15).
El acceso a servicios de salud de la población
MISI es un asunto importante de abordar, dado
que en distintas partes del mundo no cuentan
con un nivel aceptable de acceso al sistema de
salud (18). Evidencia internacional muestra que
la población MISI utiliza menos que la pobla-
ción en situación regular diversos tipos de ser-
vicios de salud, e incluso cuando los utilizan se
encuentran con servicios inadecuados o insufi-
cientes (19). Así también, la población MISI que
busca atención de salud encuentra alto rechazo
en hospitales, por lo que mayoritariamente sue-
len atenderse en centros de organizaciones no
gubernamentales; mientras que otra parte de
esta población en definitiva no hace uso de la
atención en salud y desconoce cómo acceder a la
misma en caso de ser necesaria (20). Relacionado
a esto, se han identificado como principales ba-
rreras que son exacerbadas producto del estatus
migratorio los altos costos, la complejidad de la
estructura del sistema de salud, las barreras lin-
güísticas, la calidad de los servicios percibida y la
ausencia de redes de apoyo (21).
En el caso de Chile, no existen bases de datos
que recolecten información acerca de las condi-
ciones de vida de la población MISI, así como
no existen estudios que permitan describir con
EL MARCO NORMATIVO
INTERNACIONAL EN MATERIA DE
DERECHO A ACCESO A SALUD DE LA
POBLACIÓN MISI
Dado el volumen de evidencia existente, a ni-
vel internacional se ha reconocido la relevancia
de proteger el derecho a la salud de la población
migrante, presentándose como desafío en diver-
sas regiones responder a sus necesidades sani-
tarias a través de políticas, planes y estrategias
(15). Son diversos los instrumentos existentes
a nivel internacional que actualmente entregan
directrices en lo referido a garantizar el acceso
a salud a la población migrante. En el año 2013,
en la Declaración del Diálogo de Alto Nivel so-
bre la Migración Internacional y el Desarrollo,
la Asamblea General de las Naciones Unidas re-
afirma la necesidad de promover y proteger los
derechos humanos y libertades fundamentales
de todo migrante de manera efectiva, cualquie-
ra sea su estatus migratorio (24). Así también,
la Convención internacional sobre la protección
de los derechos de todos los trabajadores migra-
torios y de sus familiares, en su artículo 28 esta-
blece el derecho de los trabajadores migratorios
y sus familias a la atención de urgencia médica,
la cual no podrá ser negada a causa de irregu-
laridad respectiva a permanencia o empleo (4).
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Cuad Méd Soc (Chile) 2018, 58 (4): 97-108