Cuadernos Médicos Sociales 2019; Vol 58 N°4 | Page 100

international level, there are various instruments converge in guaranteeing the right to health of this population. Objective: to describe the access to healthcare of international migrants in Chile. Methods: Critical analysis of current legisla- tions and norms in the country. Results: The State of Chile has responded to these guidelines through the issuance of various normative instruments that guarantee access to different health services to the MISI popula- tion, such as attention to children and adoles- cents, attention to pregnant women, emergency care, access to public health goods, and finally access to MISI lacking resources to the entire FONASA benefits regime. Despite these advan- ces, throughout these years, several situations of restriction of the exercise of the right to health of MISI have been reported. Discussion: This study accounts for the existence of great cha- llenges, such as guaranteeing the right to health of the MISI population in an integrated regu- latory framework, resolve the high level of dis- cretion to which the application of the regula- tions is subject, training and sensitizing health personnel, establish monitoring mechanisms for compliance with the norm and spread infor- mation on guaranteed rights among the MISI population. Keywords: Undocumented immigrants, irregular migrants, health services accessibility, universal access to health care services, health policy, public policy.   internacional, mientras que cuando este ocurre al interior de un Estado se define como migra- ción interna (3). En la Convención internacional sobre la pro- tección de los derechos de todos los trabajado- res migratorios y de sus familiares se considera como no documentado o en situación irregular a aquellos migrantes que no han sido autorizados para ingresar, permanecer o ejercer una activi- dad remunerada conforme a las leyes del Estado receptor (4). A pesar de aquello, los migrantes que se han desplazado en dichas circunstancias han sido calificados bajo las etiquetas de irregu- lares, indocumentados, no autorizados o ilegales (5). Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala que no es correcto el uso del término migrante ilegal, puesto que hace alusión a una condición criminal, siendo que la entrada y estancia irregular dentro del territorio de un estado no corresponden a delitos penales sino que a faltas administrativas (6). DIMENSIÓN DEL FENÓMENO DE LA MIGRACIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN IRREGULAR A NIVEL MUNDIAL Y NACIONAL Estimar el tamaño de la población migrante en situación irregular (MISI) representa gran difi- cultad, dado que es difícilmente captable por los sistemas de registro, por lo que existe un serio déficit de información precisa y verificable; no obstante, en algunas partes del mundo se han realizado aproximaciones. En 2002 Hatton y Williamson estimaban que entre el 10 y el 15% del stock migratorio de los países de la OCDE correspondía a personas que se encontraban en situación irregular (7). De acuerdo al proyecto CLANDESTINO que buscó estimar el stock y los flujos migratorios irregulares en Europa, durante el año 2008 se estimó que en la Unión Europea existían entre 1,9 y 3,8 millones de re- sidentes MISI (8). Por otra parte, entre los años 2009 y 2014 se estimaba que en Estados Unidos la población MISI correspondía a aproximada- mente 11 millones de personas, equivalente al 4% de la población total del país (9,10). Mientras que, en Latinoamérica, a partir de estadísticas extraídas de Colombia, Costa Rica, Honduras, El Salvador, Panamá y México, se observó que entre los años 2012 y 2014 los flujos migratorios irregulares aumentaron (11). De acuerdo al Censo de 2017, en Chile resi- den 746.465 personas nacidas en el extranjero, lo DEFINICIONES CONCEPTUALES De acuerdo a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) se puede definir mi- gración como aquel movimiento de una persona o un grupo de ellas que implica el cruce de una frontera internacional o interna de un Estado; lo que incluye cualquier tipo de movimiento de personas, independientemente de su longitud, composición y causas (1). La UNESCO espe- cífica que dicho movimiento humano incluye a personas desplazadas por violencia, refugiados, exiliados y a aquellas personas que han busca- do mejores oportunidades económicas; no así a aquellas personas que llevan a cabo un desplaza- miento territorial que no desencadena un pro- ceso de pertenencia social, como es el caso de los turistas (2). En términos de la Red Europea de Migraciones, cuando dicho desplazamien- to de personas conlleva el paso a través de una frontera internacional se denomina migración Larenas D., et al. 98