CUADERNOS DE BDSM - nº 22
pleno albedrío del individuo: no podemos disponer de nuestra vida, ni disponer
plenamente de nuestro cuerpo… hay un trípode vital que se ha constitucionalizado
como de especial defensa a nivel de derechos fundamentales (y que tiene su razón de ser
en los abusos del pasado y del poder público, y sobre todo en los Estados Autoritarios).
La vida, la integridad física y la integridad moral tienen plena protección vía artículo 15
de la Constitución. El desarrollo de estos derechos ha conocido especial protección por
la vía penal, pero también por medio de normativa que desarrolla otros fines propios del
Estado con efectos sobre tales bienes (sanidad, trasplante de órganos, normativa sobre
deporte, ocio y consumo…). Y Existen también una serie de libertades
constitucionalmente reconocidas como la libertad ideológica, de pensamiento, personal
y deambulatoria, que son garantía del ciudadano como tal, que impiden acuerdos
arbitrarios del Poder Público sobre los mismos, pero garantizados frente a la injerencia
de terceros. Pero no todas las injerencias se producen contra la volunta [][\