CONVOCATORIA ASAMBLEA PARQUES DE LA ESTACION CAJICA CONSULTE AQUI | Page 17

Impuesto a las Venta IVA
De conformidad con el artículo 33 de la ley 675 de 2001 la persona jurídica que se origina por la constitución de la propiedad horizontal no es contribuyente del impuesto sobre las ventas ( IVA ), en el desarrollo de su objeto social propio .
Impuesto a los Movimientos Financieros
De acuerdo con el artículo 33 de la ley 675 de 2001 , La persona Jurídica en propiedad horizontal no es contribuyente del gravamen a los movimientos financieros ; por lo tanto no se nos practican retenciones por este concepto , siempre en la cuenta de banco en donde se consignan exclusivamente las cuotas de administración .
Impuesto de Industria y Comercio La persona Jurídica en Propiedad Horizontal , conforme al artículo 33 de la ley 657 de 2001 , la exime de este impuesto .
Impuesto de Timbre
El otorgamiento , modificación o extinción del reglamento de propiedad del Conjunto en ningún caso causa impuesto de timbre conforme al artículo 33 de la ley 675 de 2001 .
l ) Presupuesto
El Presupuesto para la Administración y funcionamiento del Conjunto , es la relación de los gastos programados para un periodo determinado .
Mes a mes se hace un seguimiento de la ejecución del presupuesto y se produce un cuadro control en la que se registran las desviaciones .
Una de las Funciones del Administrador , es la preparar anualmente el presupuesto de Ingresos , gastos e inversiones el cual se presenta ante la Asamblea Ordinaria de Propietarios . El periodo presupuestal es el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año .