Controversias constitucionales
¿CUALES SON LOS TIPOS?
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· Dos órganos constitucionales autónomos federales, y entre uno de éstos y el Poder Ejecutivo de la Unión o el Congreso de la Unión.
¿Qué órganos lo ejercen?
os órganos originarios del Estado. Art. 105 fracción I.
¿Quién puede promover? La federación, los Estados, los municipios y el Distrito Federal.
¿CUALES SON LOS EFECTOS JURIDICOS ?
Los efectos de la sentencia, en el caso de normas generales, consistirán en declarar la invalidez de la norma con efectos erga omnes, siempre que se trate de disposiciones de los Estados o de los municipios impugnados por la Federación, de los municipios impugnados por los Estados, o bien en conflictos de órganos de atribución y siempre que haya sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
CASO EJEMPLIFICADOR : un conflicto entre el Gobernador de un Estado contra un Municipio, o bien, un conflicto entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo de un mismo Estado. La Controversia Constitucional protege, sobre todo, el principio de la división de poderes y el Sistema Federal.