Constitución de la República de Guatemala | Page 117

adquieren con la mayoría de edad y cuáles con una edad diferente a ésta, tomando como base los diversos aspectos que pueden hacer permisible a una persona el ejercicio de un determinado derecho..." Opinión Consultiva solicitada por el Congreso de la República; Gaceta No. 40, expediente No. 682-96, página No. 4, resolución 21-06-96. Artículo 148.- Suspensión, pérdida y recuperación de la ciudadanía. La ciudadanía se suspende, se pierde y se recobra de conformidad con lo que preceptúa la ley. Se menciona en: - Gaceta No. 32, expediente No. 137-94, página No. 2, sentencia: 25-0594. CAPITULO III Relaciones internacionales del Estado Artículo 149.- De las relaciones internacionales. Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados. "...es de estimar que si bien un Estado no puede oponer su legislación interna para cumplir sus obligaciones internacionales válidamente contraídas, situación reconocida en el artículo 149 de la Constitución Política, el caso de infracción a las normas Convencionales de Derecho Internacional Público tiene sus propios mecanismos de reparación, siendo titularidad del reclamo de los Estados partes y ante las instancias apropiadas..." Gaceta No. 19, expediente No. 320-90, página No. 9, sentencia: 08-01-91. “...Esta Corte estima que las disposiciones convencionales de derecho internacional deben interpretarse conforme a los principios pacta sunt servanda y de buena fe, por lo que, salvo una confrontación abierta con el texto constitucional interno, su intelección deberá hacerse del modo que más armonice con la finalidad del instrumento que las contiene...” Opinión Consultiva emitida por solicitud del Presidente de la República, Gaceta No. 59, expediente No. 482-98, página No. 696, resolución: 04-11-98. En igual sentido: 117