Constitución de la República de Guatemala | Page 100
cuestiones: pero la práctica jurídica no admite dilación’. En virtud de esa
necesidad real del desarrollo o de la evolución es que ha surgido con
vigencia indiscutible el principio de la plenitud hermética del Derecho,
porque no es posible admitir que existan esferas de la relación humana
exentas de regulación. El Derecho nacional contiene diversas disposiciones
que consolidan F