Constitución de la República de Guatemala | Page 100

cuestiones: pero la práctica jurídica no admite dilación’. En virtud de esa necesidad real del desarrollo o de la evolución es que ha surgido con vigencia indiscutible el principio de la plenitud hermética del Derecho, porque no es posible admitir que existan esferas de la relación humana exentas de regulación. El Derecho nacional contiene diversas disposiciones que consolidan F