Congresos y Jornadas Didáctica de las lenguas y las literaturas. | Page 123

el profesor realiza crítica literaria, podrá enseñar a escribir y leer textos de crítica literaria. Y ayudará a entender y producir escritos educativos o psico- lógicos si participa de la vida académica o profesional de la educación o la psicología y ha reflexionado sobre sus géneros. Difícilmente un taller consi- ga enseñar a ejercer una práctica letrada ajena a su profesor. Los especialis- tas en lengua, en psicología, en análisis del discurso, en educación, incluso en escritura, raramente lograrán solos enseñar a leer o a escribir en biología porque no forman parte de su comunidad letrada (p. 361). En este sentido, sostenemos que la literatura configura un campo de saberes específicos, con sus propios discursos y teorías, que establece modos singulares de relación con otros ámbitos disciplinares, y es por esto, que puede ser abordada como el objeto y el producto de una comunidad de lectores. Además, en el Diseño Curricular Jurisdiccio- nal aprobado en 2015 la unidad curricular Alfabetización Académica adopta el formato taller con autonomía respecto de las demás disciplinas 247 . Nuestro presupuesto es que el texto literario se puede presentar como una puerta de acceso a la lectura y escritura académicas, por varias razones. En principio, tomamos la clásica definición de Mijail Bajtin ([1979] 2013) de los géneros discursivos secunda- rios: “surgen en condiciones de comunicación cultural más compleja, relativamente más desarrollada y organizada, principalmente escrita” (p.247). La literatura es el género se- cundario por excelencia, y como tal, cuenta con la capacidad de absorber, reelaborar, transformar y deformar a los géneros primarios, constituidos en la comunicación discur- siva de la vida cotidiana, y a géneros secundarios de diversas esferas. La posibilidad de hacer consciente este “trabajo” de apropiación requiere el reconocimiento, la puesta en diálogo y la discusión de discursos que circulan, caminan, transitan por la literatura. El Diseño Curricular Jurisdiccional establece: “el formato taller se constituye en un es- pacio de construcción de experiencias y conocimientos en torno a un tema o problema relevante para la formación y se orienta a la producción de saberes y a la resolución práctica de proble - mas. Es un ámbito valioso para la confrontación y articulación de las teorías con desempeños prácticos reflexivos y creativos. Se sugiere un abordaje metodológico que favorezca el trabajo colectivo y colaborativo, la recuperación e intercambio de vivencias y experiencias, la toma de decisiones y la construcción de propuestas en equipos de trabajos, vinculados siempre al desa - rrollo de la acción profesional. Para su acreditación se propone la presentación de trabajos par - ciales y/o finales de producción individual o colectiva, como por ejemplo: elaboración de pro - yectos, diseño de propuestas de enseñanza, construcción de recursos para la enseñanza, entre otros.” ( MCE, 2015 p.32) 247 888