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2. Los representantes del pueblo, no están ligados o atados a mandato imperativo alguno. Esto es que no deben estar recibiendo órdenes externas, de poder político, económico u otro, que les prive de su libertad de tomar decisiones contrarias al bien común. La coacción o fuerza moral atenta contra la autonomía de la voluntad y vicia el consentimiento.

3. Los Diputados son inviolables y no tendrán responsabilidad en tiempo alguno, por las opiniones o votos que emitan. Nadie les debe llamar la atención ni pedir explicación alguna de una opinión o decisión que tomen en el ejercicio del cargo.

No se debe olvidar, que además de ser representantes del pueblo, los diputados están investidos de autoridad, como uno de los Órganos Primarios de Gobierno y que como funcionarios también son delegados del pueblo.

Los partidos políticos, pueden asumir y aprovechar el espacio que les asigna la Constitución, preparando permanentemente los candidatos a futuros Alcaldes, miembros de Consejos Municipales, Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados, es decir, a todos los funcionarios de elección popular; de la misma forma a los funcionarios públicos para elección de segundo grado, para evitar improvisaciones y equivocaciones, situaciones que perfectamente pueden corregirse oportunamente.

"Señores de los partidos políticos: la sociedad espera funcionarios de calidad"

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