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cuando la ley decía claramente que tenían que proseguirse de acuerdo al entonces vigente código de procedimientos civiles, en un juzgado de lo civil, en un momento y juzgado de familia en otra etapa( Luego de entrar en vigencia el Código de Familia)

Existe la tendencia, a

exigir a esas personas

que pidan la declaratoria

de nulidad, cancelación

y

establecimiento

subsidiario

de

estado

familiar,

para

que

la

partida

de

nacimiento

inscrita

mediante

las

diligencias

de

jurisdicción

voluntaria,

sea

anulada

y

se

inscriba otra, por orden del Juez competente.

“ La

nulidad

es,

una

situación

genérica

de

invalidez

del

acto

jurídico,

que

provoca

que

una

norma,

acto

jurídico,

acto

administrativo

o

acto

judicial

deje

de

desplegar

sus

efectos

jurídicos,

retrotrayéndose

al

momento

de

su

celebración …”

Según el principio de legalidad de las nulidades, las causas no son creadas por los jueces sino que por una la ley positiva y vigente.

Según el principio de lesividad del bien jurídicamente protegido,