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JOHN FISHER
El resultado fue que los intendentes también tendieron a resignarse al hecho de que los subdelegados no podían ser controlados de modo efectivo, a que sus nombramientos fuesen vistos como
una oportunidad para enriquecerse, y a que era, por lo tanto, inevitable que la venta ilegal de cargos nuevamente pasara a ser un rasgo del gobierno local en el Perú. El virrey Avilés, por ejemplo, se
quejó en 1802 del “comercio público y escandaloso” mediante el
cual los intendentes vendían nominaciones a las subdelegaciones
en 4,000 a 6,000 pesos, variando el precio según las oportunidades
que hubiese de obtener una ganancia posterior a costa de los indios.94
Del mismo modo el presidente del Cuzco, Francisco Muñoz (18061809), informó en 1808 haber recibido varias ofertas de compra de
la subdelegación vacante de Abancay, confirmándose así las denuncias que había escuchado mientras viajaba desde Buenos Aires a
tomar su cargo en el Perú, según las cuales estos puestos eran vendidos “como peras en el mercado”.95
En 1810 el nivel de la administración local peruana no era mucho
mejor, y en cierto sentido era peor, que la que desatase una generalizada protesta popular a fines del siglo XVIII. Brindar un gobierno
honesto, progresista y eficiente a nivel local fue un problema que la
Corona no pudo resolver. La responsabilidad recaía sobre ella en
gran medida, dada su incapacidad para entender que los funcionarios
locales a los cuales se les negaba un ingreso legal adecuado habrían
de obtener el dinero de forma ilegal. Asimismo recaía sobre algunos
intendentes, que gobernaron corruptamente o toleraban la corrupción de sus subdelegados. Sin embargo, los que intentaron controlar
las actividades de estos últimos destituyendo de su cargo a los infractores, se encontraron con que su libertad de acción era restringida
cada vez más por los virreyes, a quienes les preocupaba más controlar
el patronazgo que respaldar sus esfuerzos por mejorar el nivel de la
administración. En varios casos, los esfuerzos por disciplinar a los subdelegados devinieron en estériles pruebas de fuerza entre los intendentes y el virrey, o entre los intendentes y la Audiencia.
94. Avilés al ministro de Gracia y Justicia, 26 de octubre de 1802, AGI, Lima, Leg. 623.
95. El informe original no ha sido encontrado, pero se alude a él en Abascal al intendente
de Huancavelica, 28 de junio de 1808, BNP, Ms. D10290.
GOBIERNO, DEFENSA E IGLESIA
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La consecuencia fue que en el Perú, el descontento popular con
el mal gobierno fiscal y judicial sería una causa importante de la insurgencia que estallaría a partir de 1810, en particular en la rebelión
del Cuzco de 1814-1815. Los únicos matices que cabe resaltar en
esta etapa son, en primer lugar, que la protección ofrecida a la población rural después de la independencia fue aún más inadecuada
que en el periodo colonial tardío, y en segundo lugar, que la dimensión sociorracial de la insurgencia antes de 1824 tuvo el perverso
efecto de fortalecer el dominio español, al disuadir a los conservadores criollos peruanos de que respaldasen a la independencia de
todo corazón.