CLEU - AUTOFALSIFICACION O FALSIFICACION POR DISIMULO | Page 78
JULIO - SEPTIEMBRE 2019
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VISIÓN CRIMINOLÓ GICA-CRIMINALÍSTICA
años (Sentencias 2004-2014) 1 y que alcanzaron fallos
condenatorios y absolutorios, en las cuales se observó
que la mayoría del sustento buscado por los jueces
para emitir su pronunciamiento, subyacen en la evi-
dencia testimonial, es decir, las declaraciones de las
propias víctimas, familiares o acusados, evidenciando
que en su mayoría dichas investigaciones no han reu-
nido mayores elementos probatorios que estuviesen al
alcance de los investigadores acuciosos y sofisticados.
Pese a que la trata de personas cuenta con una
gama de modalidades para su materialización y que
corresponde a un delito nacional y transnacional, pa-
rece que esta concepción no encuentra un símil con
el despliegue investigativo de los investigadores, ya
que los expedientes de los casos revisados en esta
investigación dejan ver la escaza participación de la
evidencia recolectada a través de medios técnicos y
tecnológicos.
De lo anterior, deriva que subsecuentemente se
enunciarán las practicas investigativas y mejores técni-
cas que pueden facilitar la recolección de información,
más allá del mero testimonio de las víctimas, testigos
o acusados, y este espectro de búsqueda, recolección
y análisis de información se puede encontrar en fuen-
tes documentales, digitales y técnicas como el rastreo
de celulares, el análisis de registros de llamadas, el
rastreo de correos electrónicos, y las interceptaciones
telefónicas, determinación del nivel de riesgo de las
víctimas, entre otras técnicas avanzadas de investiga-
ción criminal, que resultarán útiles en cualquier etapa
del caso.
Planteamiento del problema
Problematización:
El fenómeno delictivo transnacional de la trata de per-
sonas persiste en países como Colombia, ya que se
ha generado la creencia común de que culturalmente
en algunas regiones del país es usual que las mujeres
opten por someterse al yugo de las redes de tratantes
de personas ya sea al interior como en el exterior del
país, para conseguir dinero en beneficio propio y de
sus familias, este factor social atrae la atención de re-
clutadores en zonas marginales de la población para
ofrecer empleos tanto falsos como reales pero que
concluyen en la explotación sexual, laboral, mendici-
dad, matrimonio servil y tráfico de órganos entre otras
modalidades que integran la trata de personas.
Las estadísticas delictivas recolectadas por las au-
toridades en la última década demuestran que el delito
de trata de personas no disminuye, sino que más bien
1
Consultadas de la página web https://sherloc.unodc.org/cld/v3/sher-
loc/ en la cual se han registrado 50 fallos condenatorios y absolutorios,
de personas procesadas por el delito de trata de personas.
ha cambiado su modo de operar para que sea más difícil su
detección y persecución por las autoridades, lo cual requiere de
una profesionalización por parte de los fiscales e investigadores
asignados a los casos, esto es, capacitación tanto en el mane-
jo adecuado de las víctimas como en las diversas técnicas de
investigación que aseguran la consecución de material proba-
torio técnico y objetivo, en una parte, dicho entrenamiento se
ha suministrado, como lo muestra una encuesta realizada por la
Universidad Nacional de Colombia, UNODC y el Ministerio del
Interior de Justicia (Valencia et al, 2009) en la que el 85% de
funcionarios que investigan este fenómeno y que fueron entre-
vistados, refirieron haber participado en algún proceso de capa-
citación en el tema.
Aunque existen las capacitaciones sobre la trata de perso-
nas, así mismo, además de la normativa vigente, existen herra-
mientas teóricas que reúnen la experiencia en mejores prácticas
investigativas como lo es la Estrategia Nacional de Lucha contra
la Trata de Personas (Comité Interinstitucional de Lucha contra
la Trata de Personas , 2008), que está contemplada dentro de la
formulación de la política pública en esta materia, y lo enfatiza
en su eje de investigación y judicialización:
“Fortalecer la capacidad técnica y operativa de las instituciones
del Estado encargadas de la persecución del delito de la trata de
personas, articulando las entidades en una coordinación interins-
titucional e intersectorial de las funciones, acciones y recursos
para la investigación y sanción del delito y mejorar la agilidad y
capacidad de respuesta del conjunto de las entidades involucra-
das en la investigación y judicialización de la conducta punible”.
No obstante a lo anterior, los investigadores siguen desarro-
llando las investigaciones de la misma forma en que se hacía
décadas atrás, en las que reinaba la prueba testimonial como
pilar para que las investigaciones fluyeran, y si realizáramos un
paralelo entre casos adelantados 20
años atrás con casos recientes, sería
“Métodos
poca la diferencia en cuanto a las herra-
mientas investigativas utilizadas.
y técnicas
Por ende, en este contexto se vis-
lumbra indiscriminadamente que en los criminológicas”
casos que llegaron a un término judicial
de fallo condenatorio o absolutorio, los
jueces encuentran el sustento probatorio en las declaraciones
de las víctimas, testigos o los acusados, tristemente en las sen-
tencias consultadas para esta investigación escasamente se
mencionan prácticas de investigación técnicas como las inter-
ceptaciones telefónicas o el análisis de registros de llamadas
telefónicas que constituyen herramientas sofisticadas y de fácil
acceso al investigador para integrar a la línea investigativa y per-
feccionar la investigación criminal.
En este orden de ideas, se ha descrito la necesidad que tanto
fiscales como investigadores sean conscientes que si el delito
avanza proporcionalmente, las investigaciones deben hacerlo
de la misma forma, para garantizar resultados objetivos con ma-
yores elementos probatorios que ayuden a confirmar, corroborar