proyecto de vida se ven afectados . Como consecuencia de esto las niñas y adolescentes víctimas de trata de personas obtendrán el derecho a la reparación integral y a la máxima protección que será garantizada por medidas de protección a sus derechos básicos como la dignidad , libertad , seguridad , bienestar físico , psicológico e intimidad , asimismo recibirán atención y asistencia de profesionales competentes para resignificar y redignificar la vida de niñas y adolescentes , proporcionalmente al daño que han sufrido en sus derechos , previendo que acciones percibidas como “ costumbres ” no las revictimicen o criminalicen en sus autogobiernos .
Usos y costumbres : un obstáculo en el acceso a los derechos humanos de las víctimas de trata de personas
En México los usos y costumbres fueron reconocidos como formas de autogobierno en el año de 1994 para poder crear sus propios sistemas normativos que , desde tiempos pre coloniales se han mantenido para regir a las comunidades diversas , sin embargo al no existir cambios en las normas establecidas por los pueblos , las afectaciones hacia las mujeres no son percibidas por quienes viven dentro de las comunidades indígenas , entre ellas el matrimonio forzado , la trata , la violencia física y psicológica y el abuso sexual que se han normalizado por algunos individuos debido a que son percibidos como consecuencias de algunas de sus costumbres , causantes de un ambiente desigual en el que viven y que desvaloriza al género femenino .
La violencia ejercida contra las niñas y adolescentes de comunidades indígenas se cometen en sociedades en las que la constante violación a derechos forma parte de la vida cotidiana de las poblaciones debido a que condiciones sociales , culturales y económicas como la extrema marginación , la vulnerabilidad a derechos como la libertad de expresión o a la integridad física , asimismo la exclusión jurídica , social y ahora política , tal cual el presidente de la República Mexicana la ha manifestado al mencionar que la venta con finalidad de matrimonio forzado no es un tema de relevancia , favoreciendo la repetición de patrones violentos contra niñas y adolescentes .
En las comunidades en las cuales los matrimonios forzados siguen existiendo , los usos y costumbres rigen la vida política , social y económica , incluso la vida sexual de los pueblos indígenas , perpetuando las ideas patriarcales y machistas que imposibilitan la disminución de violencias hacia las mujeres y el cambio de percepción hacia ellas como mercancía u objeto sexual , marginándolas y estableciendo condiciones de inequidad que impiden el acceso de sus derechos fundamentales ya mencionados anteriormente e inclusive a su derecho a denunciar actos contra sus bienes debido a las reacciones de la comunidad , impuesta indirectamente por sus usos y costumbres .
Atendiendo a lo establecido en las costumbres , se reconoce que la cultura está compuesta por pensamientos y experiencias de la vida cotidiana , construyendo conjuntamente las maneras de pensar de las personas que las ejercen para identificarse y facilitar los interaccionismos sociales , es por esta razón que los usos y costumbres pueden transformarse pues si bien no es algo inmutable , ya que están ligadas al dinamismo social y sobre todo al bienestar que debe generarse a toda aquella persona perteneciente a la comunidad .
Los usos y costumbres culminan cuando se violan los derechos humanos de la población que se convierte en víctima de delitos en materia de trata de personas , como la esclavitud o explotación sexual con el objetivo de satisfacer los deseos de una persona que pagará y perjudicará aún más la vida de niñas y adolescentes ya vulneradas por las cosificaciones a las que están expuestas , producto de los imaginarios sociales generados por las costumbres que las denotan como “ objetos de placer ”.
Los padres de niñas y adolescentes que han sido vendidas consideran como “ usos y costumbres ” la venta de niñas por ganado , efectivo , cartones de cerveza o cualquier otro bien , violando la dignidad humana de las involucradas que al tener menores oportunidades de trabajo o menores ingresos se mantienen en condiciones de desventaja , lo cual permite que sus padres decidan realizar el intercambio .
En contraste a las personas que intercambian a niñas y adolescentes , existen mujeres indígenas que han decidido demandar el acceso al derecho a la salud , la educación , la decisión sobre su cuerpo , la maternidad , la no discriminación o a crear su propia cultura , a una vida sin violencia , entre otros tantos , para impactar en las vidas de niñas y adolescentes , enfocándose al cuestionamiento de las desigualdades y las jerarquías que deciden sobre ellas , para que , de esta manera exijan el acceso y cumplimiento de derechos colectivos , culturales y sociales .
Acciones para la redignificación de las niñas y adolescentes víctimas de delitos en materia de trata de personas , por medio del acceso , ejercicio y protección a sus derechos humanos
Para Hikal ( 2010 ) la criminología es una ciencia importante en el estudio y atención a los derechos humanos , pues es mediante la misma que pueden desarrollarse acciones o proyectos sociales con enfoque preventivo para auxiliar a las víctimas de diversos delitos , es por ello que a continuación se presentan algunas acciones realizadas en el ámbito de prevención contra la trata de niñas y adolescentes de comunidades indígenas que han obtenido resultados satisfactorios o negativos en su ejercicio .
La omisión intencional del Estado mexicano de problemáticas como la trata de personas “ oculta ” en matrimonios forzados para esclavizar o explotar sexualmente a niñas y / o adolescentes atenta contra el interés superior de las infancias y sus derechos humanos , invalidando su voz y dando pie a que autoridades comunitarias y locales lleven a cabo una serie de actos contra su integridad , no obstante diversas organizaciones o personas dentro del poder político han decidido crear proyectos o reformar leyes con el propósito de auxiliar a las infancias y eliminar usos y costumbres que impacten negativamente la vida de niñas o adolescentes de comunidades indígenas .
En el año 2019 el Senado legisló sobre el matrimonio forzado , estableciendo una penalidad de cuatro a diez años a quienes obligaran
JULIO - SEPTIEMBRE 2023 Visión Criminológica-criminalística
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