JULIO - SEPTIEMBRE 2023 VISIÓN CRIMINOLÓGICA-CRIMINALÍSTICA
14 quienes también se han elevado las quejas en dicha materia y aunque no se puede justificarlas ni plantear su veracidad total , el contenido también muestra que no todo el personal está preparado para tratar a las partes en igualdad de circunstancias , otro factor que se refleja es que no todos los espacios donde se atiende a los presuntos responsables ni todos los juzgados cuentan con el equipamiento y el personal para llevar a cabo sus actividades lo cual provoca que se violente el debido proceso .
Un caso relevante en el estado de Guanajuato al respecto de la revisión planteada , es el municipio de San Miguel Allende , donde generalmente las quejas contra la policía municipal cuando hay detenidos , incluyen al juez calificador , por lo anterior se considera interesante una exploración más profunda al respecto en dicho municipio .
Por último , es relevante mencionar que el siguiente lugar de reporte lo ocupa el sector salud , principalmente los hospitales generales y comunitarios ; y dentro de ellos el área más señalizada es donde se atiende a las mujeres que van a entrar en parto o que tuvieron a su hijo ( Ver informes de actividades de la PDHEG ). Dicho escenario , no suena nada halagador y no permite hablar de que la dignificación de los seres humanos esté teniendo suficiente cuidado en áreas que por un lado son de primer contacto y configuran la visión colectiva sobre la autoridad , como lo son la policía municipal ; y por el otro en un área tan sensible como lo es el sector salud , que representa uno de los garantes básicos de la vida de las personas
Leyes de reciente creación
Durante el periodo gubernamental 2006 a 2012 se modificó la Ley de Seguridad Pública del Estado , derivada de la iniciativa realizada en 2009 . Esta se componía de XVII capítulos , en los que se planteaba poner mayor atención al ámbito preventivo de la seguridad pública en lugar del aspecto contenedor y persecutor del aparato de seguridad . Aunado a ello se desarrolló un área de inteligencia delictiva , pero en poco tiempo se transformó en el C5 , cuyo nivel de tecnología es avanzada , pero que no se ha traducido en un manejo inteligente de la criminalidad a nivel de cada municipio , lo que expresa una falta de articulación en la materia .
En el periodo de gobierno de 2012 a 2018 se concluyó la instalación del nuevo sistema penal acusatorio en la entidad , que ocupa una posición alta a nivel nacional y que se tradujo en una de las entidades con menor nivel de impunidad ( sobre los delitos denunciados ) y donde la corrupción también es muy baja ( IGI-MEX 2018 ). De igual manera , durante este periodo se crearon varias leyes para proteger a la infancia , a las mujeres , a los adultos mayores y a los indígenas ; así como regular procesos donde se presenta la violencia intrafamiliar y enfrentar situaciones de violencia en las escuelas mediante una ley que promueve la paz y la convivencia libre de violencia ( ver página del Congreso del Estado de Guanajuato ).
Algunas de esas leyes se enlistan a continuación :
• Ley de los derechos de las personas adultas mayores para el estado de Guanajuato
• Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el estado de Guanajuato
• Ley para la asistencia , la prevención y la atención de la violencia intrafamiliar del estado de Guanajuato
• Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el estado de Guanajuato y sus municipios
• Ley para la protección de niñas , niños y adolescentes del estado de Guanajuato
• Ley para la protección de los pueblos y comunidades indígenas en el estado de Guanajuato .
Esta normatividad muestra la atención que el estado ha puesto a algunos de los grupos vulnerables . En dichas leyes no se hace menciona a los migrantes pese a ser uno de los estados con mayor tradición en este tema , por el contrario , se pretende focalizar la atención a dos grupos en los que se ha brindado omisión uno de ellos es el grupo con preferencia sexual diferente a la mayoritaria ( LGBTIII ) y el de los indigentes , el primero se explica por el conservadurismo de la sociedad guanajuatense , pero el segundo tiene una connotación mucho más compleja , pues derivado del propio conservadurismo y al nivel de interiorización del status quo , se cree que quien está en condición de calle es porque no se esforzó lo suficiente y por ende no debe ser auxiliado y por ello la iglesia , principalmente católica es la única que los ha auxiliado de forma limitada .
CONCLUSIÓN
El acceso a la justicia se integra por múltiples componentes que atañen al ámbito jurídico , al político y policial entre otros , es por ello que se tomó como punto de partida para el presente documento el modelo del rule of law para el caso de Guanajuato . Como resultado de este análisis se identificaron serias deficiencias institucionales , a pesar de todo lo que la entidad ha invertido en esta materia .
Algunas de ellas consisten en que pese a que se han cubierto en su totalidad los requisitos del nuevo sistema penal acusatorio ( lo que ha significado un gastos y esfuerzo digno de reconocer ), esto no se traduce en una reducción de los niveles de violencia y delincuencia debido a las dificultades de sus procesos , entre ellos la deficiencia en número de elementos policiales , que no están bien preparados y el nivel de estrés aumenta debido al poco personal y aunque se está invirtiendo en el reclutamiento de nuevos policías , la respuesta que tendría que ser inmediata es limitada y aunado a esto , se identifican los elementos de altos rangos involucrados en el crimen organizado , como lo muestra el director de policía del municipio de Manuel doblado . Todo ello se traduce en deficiencias en la actuación .
Sumado a ello se detectó que existen pocos ministerios públicos bien preparados que respondan a las necesidades del nuevo sistema , instalaciones incompletas o poco adecuadas en los juzgados y en las áreas de detención . Todo esto provoca que a pesar de las denuncias que hacen los ciudadanos , el sistema no cuente con los recursos suficientes para hacer in-