BRUJULA CIUDADANA El PND 2019-2024 y el federalismo | Page 34

Brújula Ciudadana 108 32 de decisiones de este tipo, pero mantuvo el financiamiento público de los partidos en los estados y de los OPLE mismos, en manos de los presupuestos estatales. Ello permite, hasta la fecha, que sean los gobiernos locales los que determinen la forma de ministrar los recursos para la organización de las eleccio- nes, ejerciendo diversos tipos de presiones, tanto a los órganos electorales, como a los partidos políticos. Frecuentemente ha sido necesario que los consejeros del INE inter- vengan con los gobiernos estatales para ges- tionar los recursos que requieren los OPLE para cuestiones tan importantes como la impresión de las boletas electorales. Desencuentros entre gobiernos estatales y los OPLE En este caso, la reforma de 2014 respetó las atribuciones de los estados en la parte económica, pero no en la política. Por ello, no es gratuito que se presenten diversos des- encuentros entre los gobiernos estatales y los OPLE. En algunos casos los enfrentamientos han implicado denuncias y amparos que abren la puerta a negociaciones políticas poco con- venientes para garantizar la independencia y autonomía de las autoridades electorales. Ahora bien, en los debates de la reforma de 2014, precisamente sobre las facultades que debían mantener los estados en materia electoral, se establecieron tres atribuciones del Consejo General del INE, que podrían sal- var o agravar la intervención de la autoridad central sobre los OPLE. La LEGIPE establece la facultad del INE de atraer una actividad que le corresponde a la autoridad local, no para que sea realizada por el INE, sino para que el Consejo General emita los lineamientos con los que el OPLE la debe realizar. De esta manera, los órganos estatales mantienen un conjunto importante de actividades, pero con lineamientos establecidos por el INE. Así, el INE atrajo, desde la elección de 2015 una gran cantidad de actividades y emitió múlti- ples lineamientos que hoy están recogidos en el Reglamento de Elecciones. En este sentido, la facultad de atracción fortalece el carácter rector que tiene el INE sobre los OPLE, pero mantiene una responsabilidad importante en la organización de los procesos electorales. Por otra parte, el INE también tiene la facul- tad de asumir una elección local. Eso quiere decir que a solicitud del OPLE, el INE puede encargarse completamente de una elección local sin intervención alguna de la autoridad local. Son varias las circunstancias en las que una situación así pudiera presentarse, pero fundamentalmente se tata de razones políticas. El único caso en el que el INE ha asumido conforme a la ley una elección es el actual proceso electoral extraordinario