BRUJULA CIUDADANA El PND 2019-2024 y el federalismo | Page 33

2) E l federalismo y el nuevo régimen político 31 Una primera faceta de este debate es si, en efecto, el IFE debió o no convertirse en INE y si ese cambio daña el pacto fede- ral al invadir la soberanía de las entidades federativas. Los puristas dirán que sí hay una afectación importante, básicamente por la invasión de atribuciones en asuntos eminentemente estatales. Por lo tanto, no pocos se han manifestado a favor de retor- nar al esquema anterior. Lo cierto es que el modelo híbrido que resultó de la reforma aportó muchos beneficios a la calidad de los procesos electorales, en particular a los procedimientos propios de la organización de las elecciones. Desde el punto de vista técnico, la experiencia acumulada del IFE se transmitió a las elecciones locales y se avanzó en la homogeneización de los pro- cesos. También es cierto que fue necesario que el propio INE pasara por una curva de aprendizaje para alcanzar los objetivos de la reforma. Además de la elaboración de los reglamentos que la Ley encargó al Consejo General del INE, fue necesario crear un Reglamento de Elecciones que diera orden a las instrucciones generales que emitió entre 2014 y 2016 para las elecciones lo- cales. En este caso, la facultad de atracción que establece la Ley para el INE, permitió que los OPLE realizaran las funciones que les corresponde, pero con lineamientos y políticas mejor definidas. No hay que soslayar la importancia de las diferencias y contradicciones entre la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y las leyes locales, que no siempre se ajustaron correctamente. Sin duda esto planteó otro problema en relación con el federalismo, puesto que, de facto, la LEGIPE adquirió una jerarquía jurídica que se sobrepuso, en algunos casos, a las mismas constituciones estatales y sus leyes. Los tri- bunales electorales desempeñaron un papel importante en la resolución de muchas de estas controversias. Una segunda faceta del debate tiene que ver con el efecto político de la reforma de 2014. En el aspecto procedimental de la or- ganización electoral se buscó homogeneizar los procesos electorales, y en el tema polí- tico el objetivo era impedir que las fuerzas políticas de las entidades federativas, y en particular los gobernadores, ejercieran alguna influencia que afectara la imparcialidad con la que se deben comportar las autoridades electorales. Este objetivo se cumplió parcial- mente. Al trasladar de los congresos locales al INE el nombramiento de los integrantes de los consejos generales estatales, la im- parcialidad de los OPLE se convirtió en una responsabilidad centralizada. Eso se logró, no sin dificultades y también con una curva de aprendizaje muy compleja por parte del INE. Con todo, la reforma centralizó la toma