CALIDAD DE AGUA
El DCSL tiene establecido un Programa oficial de
monitoreo de agua potable en industrias lácteas
• El agua potable utilizada en los establecimientos deberá
cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 375/011
(Reglamento Bromatológico Nacional, Decreto 315/94), que
adopta las recomendaciones establecidas en la Norma UNIT
833:2008 ( reimpresión corregida julio 2010).
• Las muestras oficiales de agua son extraídas por técnicos del
DCSL y son enviadas por la industria láctea a laboratorios
habilitados.